Navacerrada (BOCM-20220930-59)
Organización y funcionamiento. Delegación de funciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 314
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 30 DE SEPTIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 233
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
59
NAVACERRADA
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
BOCM-20220930-59
Por la Alcaldía-Presidencia se ha dictado Decreto número 896/2022, de fecha 19 de
septiembre, por el que se resuelve:
“Primero.— Delegar en la segunda teniente de alcalde, doña M.a del Mar Ocaña (dado
que el primer teniente alcalde estará ausente por motivos laborales), la totalidad de las funciones de la Alcaldía, en los términos del artículo 23.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, durante el período del día 22 de septiembre al día
10 de octubre (ambos inclusive) del presente año.
Segundo.— La delegación comprende las facultades de dirección y de gestión, así
como la de resolver los procedimientos administrativos oportunos mediante la adopción de
actos administrativos que afecten a terceros.
Tercero.— El órgano delegado ha de informar a esta Alcaldía, a posteriori, y, en todo
caso, cuando se le requiera para ello, de la gestión realizada y de las disposiciones dictadas
en el período de referencia, y con carácter previo de aquellas decisiones de trascendencia,
tal y como se prevé en el artículo 115 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y
Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1996, de 28
de noviembre.
Cuarto.— La delegación conferida en el presente Decreto requerirá para su eficacia la
aceptación del órgano delegado, entendiéndose esta otorgada tácitamente si no se formula
ante esta Alcaldía expresa manifestación de no aceptación de la delegación en el término de
tres días hábiles contados desde el siguiente a aquel en que le sea notificada esta resolución.
Quinto.— La presente resolución será publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, dándose cuenta de su contenido al Pleno de la Corporación en la primera sesión que esta celebre.
Sexto.— En lo no previsto expresamente en esta resolución se aplicarán directamente
las previsiones de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1996, de 28 de noviembre”.
Navacerrada, a 20 de septiembre de 2022.—La alcaldesa, Ana Paula Espinosa Izquierdo.
(03/18.321/22)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
59
NAVACERRADA
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
BOCM-20220930-59
Por la Alcaldía-Presidencia se ha dictado Decreto número 896/2022, de fecha 19 de
septiembre, por el que se resuelve:
“Primero.— Delegar en la segunda teniente de alcalde, doña M.a del Mar Ocaña (dado
que el primer teniente alcalde estará ausente por motivos laborales), la totalidad de las funciones de la Alcaldía, en los términos del artículo 23.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, durante el período del día 22 de septiembre al día
10 de octubre (ambos inclusive) del presente año.
Segundo.— La delegación comprende las facultades de dirección y de gestión, así
como la de resolver los procedimientos administrativos oportunos mediante la adopción de
actos administrativos que afecten a terceros.
Tercero.— El órgano delegado ha de informar a esta Alcaldía, a posteriori, y, en todo
caso, cuando se le requiera para ello, de la gestión realizada y de las disposiciones dictadas
en el período de referencia, y con carácter previo de aquellas decisiones de trascendencia,
tal y como se prevé en el artículo 115 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y
Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1996, de 28
de noviembre.
Cuarto.— La delegación conferida en el presente Decreto requerirá para su eficacia la
aceptación del órgano delegado, entendiéndose esta otorgada tácitamente si no se formula
ante esta Alcaldía expresa manifestación de no aceptación de la delegación en el término de
tres días hábiles contados desde el siguiente a aquel en que le sea notificada esta resolución.
Quinto.— La presente resolución será publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, dándose cuenta de su contenido al Pleno de la Corporación en la primera sesión que esta celebre.
Sexto.— En lo no previsto expresamente en esta resolución se aplicarán directamente
las previsiones de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1996, de 28 de noviembre”.
Navacerrada, a 20 de septiembre de 2022.—La alcaldesa, Ana Paula Espinosa Izquierdo.
(03/18.321/22)
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ISSN 1989-4791