B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20220930-4)
Convocatoria proceso selectivo – Orden 1900/2022, de 8 de septiembre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se procede a la ampliación del número de plazas correspondientes a las pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo Superior de Inspección Sanitaria, Escala de Médicos de Inspección Sanitaria, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid, convocadas mediante Orden 437/2021, de 13 de octubre de 2021
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 32
VIERNES 30 DE SEPTIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 233
ta y tres para el sistema de acceso de turno libre. La distribución final de dichas plazas atenderá al siguiente desglose:
PLAZAS
TURNO LIBRE
TURNO LIBRE RESERVADAS AL CUPO
DE DISCAPACIDAD
TOTAL
41
2
43
Segundo
Solicitudes y plazo de presentación
2.1. Habilitar un nuevo plazo de presentación de solicitudes para participar en el proceso selectivo de referencia de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente al de
la publicación de esta orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
2.2. Las personas interesadas que, a la vista de esta ampliación de plazas, deseen participar en las citadas pruebas selectivas, deberán cumplimentar y presentar su solicitud de
conformidad con lo aquí dispuesto y, en lo que no resulte contradictorio, con la base tercera
de la Orden 437/2021, de 13 Octubre de 2021, la base octava de la Orden 290/2018, de 27 de
junio (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 163, de 10 de julio) y en
las instrucciones de cumplimentación de la solicitud que se contemplan en el Anexo de la
presente Orden.
2.3. No será necesario que presenten nueva solicitud de participación en estas pruebas selectivas aquellos aspirantes que, en la forma y en los plazos establecidos en la Orden 437/2021,
de 13 de octubre de 2021, ya hayan presentado la correspondiente solicitud de inscripción.
2.4. Aquellas personas que, habiendo presentado su solicitud de inscripción en cualquiera de los períodos habilitados por la orden de convocatoria o su posterior ampliación
de plazas, y que a la finalización del plazo de presentación de solicitudes cumplan los requisitos y pretendan concurrir por el cupo de discapacidad, deberán solicitar su inclusión
en dicho turno mediante la sola presentación del escrito de comunicaciones.
Tercero
3.1. Órgano de selección. Sin perjuicio de lo establecido en la base sexta de la Orden
(de convocatoria), serán de aplicación a los efectos dispuestos en la misma, la Orden de 16 de
marzo de 2022, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se establece
el importe de las asistencias por participación en órganos de selección del personal al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid y la Orden de 1 de julio de 2022, de
la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se dictan instrucciones para la
agilización de los procesos selectivos de acceso a la Administración de la Comunidad de
Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 167, de 15 de julio).
3.2. Comunicaciones. En relación con lo dispuesto en el apartado quinto de la base
séptima de la orden de convocatoria, la publicación del anuncio de celebración del segundo
y, en su caso, sucesivos ejercicios, así como la de los listados de aprobados, se efectuará en
la página correspondiente de la web de servicios e información de la Comunidad de Madrid
( https://www.comunidad.madrid/servicios/administracion-digital-punto-acceso-general )
y en la página web del proceso selectivo específico, a la que se accederá desde el enlace de
“Empleo” ( https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/oposiciones-administracionservicios-comunidad-madrid ), así como en cualquier otro lugar que el Tribunal considere
conveniente para su mejor difusión entre las personas interesadas.
Cuarto
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer con carácter potestativo recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante la
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, o bien, directamente recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses, ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid,
de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de
la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, significándo-
BOCM-20220930-4
Recursos
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ta y tres para el sistema de acceso de turno libre. La distribución final de dichas plazas atenderá al siguiente desglose:
PLAZAS
TURNO LIBRE
TURNO LIBRE RESERVADAS AL CUPO
DE DISCAPACIDAD
TOTAL
41
2
43
Segundo
Solicitudes y plazo de presentación
2.1. Habilitar un nuevo plazo de presentación de solicitudes para participar en el proceso selectivo de referencia de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente al de
la publicación de esta orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
2.2. Las personas interesadas que, a la vista de esta ampliación de plazas, deseen participar en las citadas pruebas selectivas, deberán cumplimentar y presentar su solicitud de
conformidad con lo aquí dispuesto y, en lo que no resulte contradictorio, con la base tercera
de la Orden 437/2021, de 13 Octubre de 2021, la base octava de la Orden 290/2018, de 27 de
junio (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 163, de 10 de julio) y en
las instrucciones de cumplimentación de la solicitud que se contemplan en el Anexo de la
presente Orden.
2.3. No será necesario que presenten nueva solicitud de participación en estas pruebas selectivas aquellos aspirantes que, en la forma y en los plazos establecidos en la Orden 437/2021,
de 13 de octubre de 2021, ya hayan presentado la correspondiente solicitud de inscripción.
2.4. Aquellas personas que, habiendo presentado su solicitud de inscripción en cualquiera de los períodos habilitados por la orden de convocatoria o su posterior ampliación
de plazas, y que a la finalización del plazo de presentación de solicitudes cumplan los requisitos y pretendan concurrir por el cupo de discapacidad, deberán solicitar su inclusión
en dicho turno mediante la sola presentación del escrito de comunicaciones.
Tercero
3.1. Órgano de selección. Sin perjuicio de lo establecido en la base sexta de la Orden
(de convocatoria), serán de aplicación a los efectos dispuestos en la misma, la Orden de 16 de
marzo de 2022, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se establece
el importe de las asistencias por participación en órganos de selección del personal al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid y la Orden de 1 de julio de 2022, de
la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se dictan instrucciones para la
agilización de los procesos selectivos de acceso a la Administración de la Comunidad de
Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 167, de 15 de julio).
3.2. Comunicaciones. En relación con lo dispuesto en el apartado quinto de la base
séptima de la orden de convocatoria, la publicación del anuncio de celebración del segundo
y, en su caso, sucesivos ejercicios, así como la de los listados de aprobados, se efectuará en
la página correspondiente de la web de servicios e información de la Comunidad de Madrid
( https://www.comunidad.madrid/servicios/administracion-digital-punto-acceso-general )
y en la página web del proceso selectivo específico, a la que se accederá desde el enlace de
“Empleo” ( https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/oposiciones-administracionservicios-comunidad-madrid ), así como en cualquier otro lugar que el Tribunal considere
conveniente para su mejor difusión entre las personas interesadas.
Cuarto
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer con carácter potestativo recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante la
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, o bien, directamente recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses, ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid,
de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de
la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, significándo-
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