Arroyomolinos (BOCM-20220928-45)
Otros anuncios. Candidatura juez de paz
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 134
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 28 DE SEPTIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 231
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
45
ARROYOMOLINOS
OTROS ANUNCIOS
BOCM-20220928-45
Con fecha 8 de enero de 2023 se queda vacante el cargo de juez de paz titular del Ayuntamiento de Arroyomolinos, iniciando, por tanto, el procedimiento para su elección.
Corresponde al Pleno del Ayuntamiento elegir las personas para ser nombradas juez
de paz titular de este municipio, de conformidad a lo que disponen los artículos 101 y 102 de
la Ley Orgánica del Poder Judicial y artículos 4 y siguientes del Reglamento 3/1995, de 7
de junio, de los Jueces de Paz.
Se abre un plazo de quince días hábiles desde la publicación del presente anuncio en
el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para que las personas que estén interesadas, y reúnan las condiciones legales, lo soliciten por escrito dirigido a esta Alcaldía. A
la solicitud deberá acompañarse la siguiente documentación:
— Fotocopia DNI/pasaporte.
— Currículum.
— Certificado de antecedentes penales.
— Declaración jurada en la que conste que está en el pleno ejercicio de sus derechos,
que no está incurso en ninguna de las causas de incapacidad previstas en el artículo 303 de la LOPJ ni en ninguna de las causas de incompatibilidad o prohibición
que están previstas en los artículos 389 a 397 de la LOPJ.
— En todo caso, los candidatos al formular su solicitud deberán informar sobre:
d Si están afiliados a algún partido político o trabajan para él.
d Si están afiliados a algún sindicato o trabajan para él.
d Si están colegiados como abogados o procuradores ejercientes.
d Si son funcionarios o empleados de alguna Administración pública.
d Si desempeñan cualquier cargo de elección popular o designación política del
Estado, Comunidades Autónomas, provincias y demás entidades locales y organismos dependientes de cualquiera de ellos.
d Si son empleados en algún Tribunal o Juzgado de cualquier orden jurisdiccional.
d Si ejercen en cualquier otra jurisdicción ajena a la del Poder judicial.
d Si realizan asesoramiento jurídico, sea o no retribuido.
El expediente completo se encuentra en las dependencias de la Secretaría, donde podrá ser examinado.
Lo que se publica para general conocimiento.
En Arroyomolinos, a 14 de septiembre de 2022.—La alcalesa-presidenta, Ana Millán
Arroyo.
(03/18.155/22)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 134
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 28 DE SEPTIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 231
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
45
ARROYOMOLINOS
OTROS ANUNCIOS
BOCM-20220928-45
Con fecha 8 de enero de 2023 se queda vacante el cargo de juez de paz titular del Ayuntamiento de Arroyomolinos, iniciando, por tanto, el procedimiento para su elección.
Corresponde al Pleno del Ayuntamiento elegir las personas para ser nombradas juez
de paz titular de este municipio, de conformidad a lo que disponen los artículos 101 y 102 de
la Ley Orgánica del Poder Judicial y artículos 4 y siguientes del Reglamento 3/1995, de 7
de junio, de los Jueces de Paz.
Se abre un plazo de quince días hábiles desde la publicación del presente anuncio en
el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para que las personas que estén interesadas, y reúnan las condiciones legales, lo soliciten por escrito dirigido a esta Alcaldía. A
la solicitud deberá acompañarse la siguiente documentación:
— Fotocopia DNI/pasaporte.
— Currículum.
— Certificado de antecedentes penales.
— Declaración jurada en la que conste que está en el pleno ejercicio de sus derechos,
que no está incurso en ninguna de las causas de incapacidad previstas en el artículo 303 de la LOPJ ni en ninguna de las causas de incompatibilidad o prohibición
que están previstas en los artículos 389 a 397 de la LOPJ.
— En todo caso, los candidatos al formular su solicitud deberán informar sobre:
d Si están afiliados a algún partido político o trabajan para él.
d Si están afiliados a algún sindicato o trabajan para él.
d Si están colegiados como abogados o procuradores ejercientes.
d Si son funcionarios o empleados de alguna Administración pública.
d Si desempeñan cualquier cargo de elección popular o designación política del
Estado, Comunidades Autónomas, provincias y demás entidades locales y organismos dependientes de cualquiera de ellos.
d Si son empleados en algún Tribunal o Juzgado de cualquier orden jurisdiccional.
d Si ejercen en cualquier otra jurisdicción ajena a la del Poder judicial.
d Si realizan asesoramiento jurídico, sea o no retribuido.
El expediente completo se encuentra en las dependencias de la Secretaría, donde podrá ser examinado.
Lo que se publica para general conocimiento.
En Arroyomolinos, a 14 de septiembre de 2022.—La alcalesa-presidenta, Ana Millán
Arroyo.
(03/18.155/22)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791