C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN LOCAL Y DIGITALIZACIÓN (BOCM-20220927-9)
Convocatoria premios –  Orden 518/2022, de 23 de septiembre, de la Consejería de Administración Local y Digitalización, por la que se modifica la Orden 320/2022, de 7 de julio, por la que se procede a la Convocatoria de los Premios de Digitalización de la Comunidad de Madrid para el año 2022
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 230

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 27 DE SEPTIEMBRE DE 2022

Pág. 31

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Administración Local y Digitalización
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ORDEN 518/2022, de 23 de septiembre de la Consejería de Administración Local y Digitalización, por la que se modifica la Orden 320/2022, de 7 de julio, por
la que se procede a la Convocatoria de los Premios de Digitalización de la Comunidad de Madrid para el año 2022.

El artículo 2 del Decreto 47/2022, de 6 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que
se crean los Premios de Digitalización de la Comunidad de Madrid, establece las categorías
objeto de reconocimiento y dispone que la convocatoria podrá establecer subcategorías de
ámbito temático dentro de cada una de las categorías.
Por Orden 320/2022, de 7 de julio, del Consejero de Administración Local y Digitalización, se convocaron los Premios de Digitalización de la Comunidad de Madrid para el
año 2022, con el fin de reconocer las mejores iniciativas puestas en marcha o proyectos de
digitalización iniciados desde el 1 de enero de 2021.
En la convocatoria se establecieron siete premios por categorías, si bien teniendo en
cuenta el gran interés que esta distinción ha suscitado entre los posibles destinatarios de la
misma, se considera procedente crear subcategorías ampliando a once premios la dotación
de los mismos. Con ello, se trata de conseguir una intensificación de la importancia social
en la transformación digital, así como ejemplarizar la utilización de las nuevas tecnologías.
Además, al establecer subcategorías se posibilita reconocer la excelencia por ámbitos
de actuación concretos.
Las categorías “Premio a la mejor iniciativa o proyecto de digitalización desarrollado
en pymes” y “Premio a la mejor iniciativa o proyecto de digitalización desarrollado en el
ámbito de asociaciones empresariales” se dividen en dos subcategorías para distinguir las
actuaciones puestas en marcha en el ámbito o sector de las Tecnologías de la Información
y Comunicaciones (TIC) del resto de iniciativas o proyectos innovadores en otros sectores
que supongan un avance tecnológico.
La categoría “Premio a la mejor iniciativa o proyecto de digitalización en la industria”
queda dividida en dos subcategorías, para diferenciar al ámbito de la producción y distribución de materias primas, energía o agua, del ámbito de la industria manufacturera, por existir un enfoque distinto en los procesos de digitalización en los sectores industriales
Por último, la categoría “Premio a la mejor iniciativa o proyecto de digitalización en
el ámbito social” se divide en dos subcategorías, para separar aquellos proyectos destinados a personas en situación de exclusión social o en riesgo de padecerla, así como para la
mejora de la calidad de vida y reducción de la brecha digital de personas con discapacidad,
del resto de proyectos que supongan un avance digital de la sociedad en su totalidad.
En virtud de lo anterior, de conformidad con el Decreto 47/2022, de 6 de julio, y, en
particular, por su disposición final primera y de acuerdo con el Decreto 198/2021, de 3 de
agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Administración Local y Digitalización,
DISPONGO

Modificación de la Orden 320/2022, de 7 de julio, por la que se procede
a la convocatoria de los Premios de Digitalización
de la Comunidad de Madrid para el año 2022.
La Orden 320/2022, de 7 de julio, por la que se procede a la convocatoria de los Premios de Digitalización de la Comunidad de Madrid para el año 2022, queda modificada
como sigue:
Uno. El apartado cuatro de la Orden 320/2022, de 7 de julio, queda redactado como
sigue:

BOCM-20220927-9

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