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Convenio –  Convenio de 8 de septiembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid y la Asociación de Empresarios de Ocio y Espectáculos de la Comunidad de Madrid Noche Madrid, para la promoción internacional de la oferta turística de ocio nocturno de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 230

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 27 DE SEPTIEMBRE DE 2022

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ca internacional turística Greater Madrid, para el desarrollo de las acciones recogidas en el
presente Convenio. Igualmente, cederá el uso a la Asociación de Empresarios de Ocio y Espectáculos de la Comunidad de Madrid Noche Madrid de imágenes y/o material audiovisual de la Comunidad de Madrid para su utilización en el Proyecto y sus elementos gráficos y promocionales en la promoción de la Comunidad de Madrid como destino turístico
de ocio nocturno.
4. Participar en los eventos que se consideren oportunos, con la adecuada representación institucional y participación de las principales instituciones que patrocinen o colaboren en los mismos.
Cuarta
Aportación económica
La Comunidad de Madrid, por el impacto que supone para la región la realización de
las acciones previstas abonara a la Asociación de Empresarios de Ocio y Espectáculos de
la Comunidad de Madrid Noche Madrid un importe total de doscientas treinta y seis mil
quinientos noventa y cinco euros con noventa y tres céntimos (236.595,93 d) IVA incluido
con el siguiente desglose:
— Año 2022: 94.140 euros (IVA incluido).
— Año 2023: 142.455,93 euros (IVA incluido).
Con cargo al Programa 432A, subconcepto 28001, de los correspondientes presupuestos de gasto.
El abono se realizará dentro de cada ejercicio en varios pagos y previa presentación de
una memoria detallada de las acciones realizadas hasta la fecha de presentación con sus correspondientes facturas y demás documentos de valor probatorio equivalente con validez en
el tráfico jurídico mercantil conforme a lo recogido en el Anexo I del presente Convenio,
así como su alcance.
Para el año 2022 se realizarán un pago previa presentación de la justificación antes
del 5 de diciembre de 2022 y para el año 2023 se realizarán tres pagos previa presentación
de la justificación antes del 30 de abril, del 30 de septiembre y antes del 5 de diciembre.
Quinta
De las responsabilidades
La Asociación de Empresarios de Ocio y Espectáculos de la Comunidad de Madrid
Noche Madrid se compromete a mantener vigentes los seguros de responsabilidad civil, con
cobertura para los trabajos que va a desempeñar en virtud del presente Convenio, así como
al cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales.
Ninguna de las partes será responsable de los daños que pudieran causarse por caso
fortuito o fuerza mayor, ya sea en las personas o en los bienes que pertenezcan a alguna de
las partes, a subcontratistas o a terceros.
Sexta
Se creará una Comisión paritaria de vigilancia, control y seguimiento que resolverá los
problemas de interpretación y cumplimiento que pudieran plantearse, con el fin de adecuarse a las diversas circunstancias imprevistas que se pudieran producir.
Esta Comisión tendrá, entre otras competencias, la del seguimiento y evaluación de las
actividades, la propuesta de temas específicos que se consideren de especial interés para su
estudio, así como cualquier otra que se considere conveniente.
El funcionamiento de dicha Comisión de Seguimiento se regulará por lo dispuesto en
los artículos 15 a 18 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
La citada Comisión estará integrada por dos representantes de la Asociación de Empresarios de Ocio y Espectáculos de la Comunidad de Madrid Noche Madrid y dos representantes de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte.
Ejercerá las funciones de Presidente de esta Comisión, el titular de la Dirección General de Turismo de la Comunidad de Madrid, o persona en quien delegue, y de Secretario,
con voz, pero sin voto, un representante de la Asociación. de Empresarios de Ocio y Espectáculos de la Comunidad de Madrid Noche Madrid.

BOCM-20220927-17

Comisión de Seguimiento