D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20220926-20)
Convenio – Convenio de colaboración de 8 de septiembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid y el centro de formación Academia Colón, S. A., para la información, orientación y apoyo en la inscripción en el procedimiento de evaluación y acreditación de competencias profesionales adquiridas a traves de la experiencia laboral y/o vias no formales de formacion en el ámbito de la Comunidad de Madrid en el marco del componente 20 “Plan estratégico de impulso de la formación profesional”, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (financiado por la Unión Europea) NextgenerationEU
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 229
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 26 DE SEPTIEMBRE DE 2022
Pág. 113
crito y admitido a participar en el procedimiento, por un importe máximo de 288.000,00
euros (para una previsión de 4.000 personas inscritas). Únicamente podrán ser objeto de financiación aquellas actuaciones que se realicen en el periodo de vigencia del convenio.
3. El convenio por importe máximo de 288.000 euros se financiará con cargo a la
partida 22809 del programa vigente 241A, del centro gestor 200170000 de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid, actuación financiada por el Ministerio de Educación y Formación Profesional a través del Plan de Modernización de la Formación Profesional en el marco del componente 20 del “Plan estratégico de impulso de la Formación
Profesional”, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (MRR) financiado
por la Unión Europea Next GenerationEU.
Quinta
Justificación de las actuaciones realizadas y pago
1. La justificación de las actuaciones se realizará mediante la presentación de una Memoria explicativa de las actividades/actuaciones desarrolladas en cada periodo del convenio
en ejecución, a la que se acompañará un listado de personas que han sido informadas y orientadas, junto con la declaración responsable firmada por la persona y sellada por la entidad
según modelo recogido en el Anexo I o documento equivalente, una vez comprobada la inscripción del candidato en el procedimiento y al justificante de presentación de la solicitud
firmada por la persona que ha sido informada y orientada por Academia Colón S. A.
2. La documentación justificativa se presentará dentro de los 10 días naturales siguientes de cada periodo bimensual natural a contar desde el mes correspondiente a la fecha de vigencia del convenio, salvo que el último periodo sea inferior, en cuyo caso se presentará dentro de los 10 días siguientes al mes en que finalice el convenio.
3. El pago se realizará una vez presentada y comprobada la documentación señalada
en el punto anterior, para cada uno de los periodos indicados.
4. Academia Colón S. A. se responsabilizará de la veracidad de los documentos de
justificación que presenten a la Comunidad de Madrid establecida en el anterior apartado 1,
estando obligada a la conservación de los documentos de conformidad con lo establecido
en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero
de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, quedando sometida a las actuaciones de verificación, seguimiento y control de la Consejería y al Plan
de Medidas Antifraude aprobado por el Consejo de Gobierno de 29 de diciembre de 2021,
y sometido a los controles de la Comisión Europea, la oficina de lucha antifraude, el Tribunal de Cuentas Europeo y la fiscalía europea y al derecho de estos organismos al acceso a
la información sobre el convenio.
5. Toda la documentación deberá contener tanto en su encabezamiento, como en su
cuerpo de desarrollo, la referencia “Plan de Recuperación, Transformación y Resilencia financiado por la Unión Europea-Next Generation”. Asimismo, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 132 del Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo
y del Consejo de 18 de julio de 2018 sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión, se conservarán los documentos justificativos, los datos estadísticos
y demás documentación, concerniente a la financiación, así como los registros y documentos en formato electrónico, durante un período de cinco años a partir del pago del saldo o,
a falta de dicho pago, de la operación. Este período será de tres años si la financiación es de
un importe inferior o igual a 60.000 euros.
6. Academia Colón S. A., deberá estar dada de alta en el sistema de notificaciones
electrónicas de la Comunidad de Madrid.
Sexta
Con objeto de resarcirse de los posibles daños producidos como consecuencia del incumplimiento de las condiciones previstas en el Convenio, y de acuerdo con lo establecido
en el artículo 49.e) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y el artículo 4.3.e) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por
el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid, se fija la siguiente
indemnización:
— Un 10 por 100 del pago correspondiente al periodo de justificación, en caso de incumplir el plazo de entrega de la documentación prevista en la cláusula 5.
BOCM-20220926-20
Incumplimiento de compromisos y obligaciones. Consecuencias e indemnizaciones
B.O.C.M. Núm. 229
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 26 DE SEPTIEMBRE DE 2022
Pág. 113
crito y admitido a participar en el procedimiento, por un importe máximo de 288.000,00
euros (para una previsión de 4.000 personas inscritas). Únicamente podrán ser objeto de financiación aquellas actuaciones que se realicen en el periodo de vigencia del convenio.
3. El convenio por importe máximo de 288.000 euros se financiará con cargo a la
partida 22809 del programa vigente 241A, del centro gestor 200170000 de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid, actuación financiada por el Ministerio de Educación y Formación Profesional a través del Plan de Modernización de la Formación Profesional en el marco del componente 20 del “Plan estratégico de impulso de la Formación
Profesional”, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (MRR) financiado
por la Unión Europea Next GenerationEU.
Quinta
Justificación de las actuaciones realizadas y pago
1. La justificación de las actuaciones se realizará mediante la presentación de una Memoria explicativa de las actividades/actuaciones desarrolladas en cada periodo del convenio
en ejecución, a la que se acompañará un listado de personas que han sido informadas y orientadas, junto con la declaración responsable firmada por la persona y sellada por la entidad
según modelo recogido en el Anexo I o documento equivalente, una vez comprobada la inscripción del candidato en el procedimiento y al justificante de presentación de la solicitud
firmada por la persona que ha sido informada y orientada por Academia Colón S. A.
2. La documentación justificativa se presentará dentro de los 10 días naturales siguientes de cada periodo bimensual natural a contar desde el mes correspondiente a la fecha de vigencia del convenio, salvo que el último periodo sea inferior, en cuyo caso se presentará dentro de los 10 días siguientes al mes en que finalice el convenio.
3. El pago se realizará una vez presentada y comprobada la documentación señalada
en el punto anterior, para cada uno de los periodos indicados.
4. Academia Colón S. A. se responsabilizará de la veracidad de los documentos de
justificación que presenten a la Comunidad de Madrid establecida en el anterior apartado 1,
estando obligada a la conservación de los documentos de conformidad con lo establecido
en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero
de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, quedando sometida a las actuaciones de verificación, seguimiento y control de la Consejería y al Plan
de Medidas Antifraude aprobado por el Consejo de Gobierno de 29 de diciembre de 2021,
y sometido a los controles de la Comisión Europea, la oficina de lucha antifraude, el Tribunal de Cuentas Europeo y la fiscalía europea y al derecho de estos organismos al acceso a
la información sobre el convenio.
5. Toda la documentación deberá contener tanto en su encabezamiento, como en su
cuerpo de desarrollo, la referencia “Plan de Recuperación, Transformación y Resilencia financiado por la Unión Europea-Next Generation”. Asimismo, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 132 del Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo
y del Consejo de 18 de julio de 2018 sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión, se conservarán los documentos justificativos, los datos estadísticos
y demás documentación, concerniente a la financiación, así como los registros y documentos en formato electrónico, durante un período de cinco años a partir del pago del saldo o,
a falta de dicho pago, de la operación. Este período será de tres años si la financiación es de
un importe inferior o igual a 60.000 euros.
6. Academia Colón S. A., deberá estar dada de alta en el sistema de notificaciones
electrónicas de la Comunidad de Madrid.
Sexta
Con objeto de resarcirse de los posibles daños producidos como consecuencia del incumplimiento de las condiciones previstas en el Convenio, y de acuerdo con lo establecido
en el artículo 49.e) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y el artículo 4.3.e) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por
el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid, se fija la siguiente
indemnización:
— Un 10 por 100 del pago correspondiente al periodo de justificación, en caso de incumplir el plazo de entrega de la documentación prevista en la cláusula 5.
BOCM-20220926-20
Incumplimiento de compromisos y obligaciones. Consecuencias e indemnizaciones