D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20220924-6)
Convenio –  Convenio de colaboración de 7 de septiembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, y el Ayuntamiento de Valdelaguna para la ejecución de proyectos con cargo a los fondos europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia (s20_s21_s22_s33_s65)
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 24 DE SEPTIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 228

b) Línea de inversión I2. Plan de Modernización de los Servicios Sociales. Transformación tecnológica, innovación, formación y refuerzo de la atención a la infancia:
— Proyecto P03. “Transformación tecnológica de los servicios sociales”. Inversión en mejora tecnológica en los centros de servicios sociales de entidades
locales (Línea C22.I2.P03):
d Subproyecto S33: Ayudas a centros de servicios sociales de entidades locales para la inversión en la mejora tecnológica.
c) Línea de inversión I3. Plan España País Accesible:
— Proyecto P06. “Mejora de la accesibilidad de los centros de servicios sociales” (Línea C22.I3.P06):
d Subproyecto S65: Ayudas a entidades locales para la mejora de la accesibilidad de los centros de servicios sociales.
La descripción, objetivos perseguidos y actuaciones a desarrollar quedan definidos en
este convenio y en sus Anexos, que forman parte inseparable del mismo.
A cada entidad local se le adjudicará una cuantía presupuestaria por cada subproyecto
en el que participe, en función de los criterios de distribución previstos. En el caso de que
una entidad local no desee hacer uso de la totalidad de recursos, la Comunidad de Madrid
podrá adjudicarlos a otras entidades locales con capacidad de asumir una mayor cuantía en
cada línea.
Tercera
La Comunidad de Madrid y la entidad local asumen las obligaciones que se establecen
en las cláusulas de este convenio y en los Anexos al mismo.
Con independencia de lo establecido con carácter general en el párrafo anterior, de manera específica se asumen por cada una de las partes las obligaciones que a continuación se
señalan y que son asumidas por ellas, de acuerdo con el contenido y alcance que se establecen en el clausulado de este convenio:
1. Por la Comunidad de Madrid:
a) El apoyo técnico y la coordinación necesarios para la ejecución de los proyectos y
subproyectos.
b) La definición de los criterios y prioridades de actuación en cada una de las líneas
de inversión.
c) La validación de los proyectos que se presenten por las entidades y su evaluación.
d) Las relaciones con el órgano de la Administración General del Estado competente
en materia de servicios sociales, en relación con la definición y la evaluación de
los proyectos financiados por la Administración del Estado, a través de los sistemas y procedimientos que el mismo establezca.
e) Facilitar los modelos para el intercambio de información y demás materiales necesarios para el buen desarrollo de los proyectos, tanto en lo referente a la justificación de la ejecución de los proyectos, como en lo correspondiente a los hitos e indicadores establecidos, y de acuerdo a lo establecido en las Órdenes del Ministerio
de Hacienda y Función Pública 1030/2021 y 1031/2021, de 29 de septiembre, por
las que se configura el Sistema de Gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y se establece el procedimiento y formato de la información a
proporcionar por las entidades del sector público estatal, autonómico y local para
el seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las Medidas de los Componentes del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia.
f) El pago de las cantidades establecidas en este convenio, en los plazos señalados en
el mismo.
g) El seguimiento, control, liquidación y, en su caso, solicitud de reintegro de las
cantidades abonadas a la entidad local.
2. Por la entidad local:
a) La aportación del personal necesario para ejecutar los proyectos.
b) La contribución con la organización, los medios técnicos y las infraestructuras de
que disponga y sean necesarios para ejecutar los proyectos.

BOCM-20220924-6

Obligaciones de las partes