Móstoles número 1 (BOCM-20220923-52)
Procedimiento 619/2021
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 227

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 23 DE SEPTIEMBRE DE 2022

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
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MÓSTOLES NÚMERO 1
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Victoria Esteban Delicado, letrada de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo
social número 1 de Móstoles.
Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución 619/2021, de este Juzgado de lo
social, seguido a instancias de don Felipe Carrasco Ruiz, frente a Servicio Público de Empleo Estatal y Macmafer 2005, S. L., sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado auto
y decreto, cuya parte dispositiva es la siguiente:
Sentencia número 327/202
Estimar la demanda interpuesta por don Felipe Carrasco Ruiz contra el Servicio Público de Empleo Estatal, dejando sin efectos las resoluciones del SEPE de 26 de febrero
de 2021 y 20 de julio de 2021, declarando el derecho del demandante a percibir la prestación por desempleo por el período de 120 días con efectos desde el 25 de febrero de 2021,
así como la responsabilidad empresarial de Macmafer 2005, S. L., por el citado período por
la falta de cotización, condenando al SEPE a estar y pasar por tal declaración y a Macmafer 2005, S. L., al abono de la prestación por desempleo de 120 días con obligación de anticipo del SEPE sin perjuicio de subrogarse en la posición del demandante para exigir el reintegro de la prestación abonada.
No procede hacer especial pronunciamiento en cuanto a las costas de la primera instancia.
Notifíquese la presente sentencia a las partes, advirtiéndoles que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia
de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de
los 5 días siguientes a su notificación y designando letrado o graduado social para su tramitación. Se advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del Régimen Público de Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita que deberá
acreditar al tiempo de anunciarlo haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta de
este juzgado abierta en el Banco Santander, IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, y número cuenta expediente 2850-0000-00-0619-21, así como acreditar al tiempo de anunciarlo haber consignado el importe íntegro de la condena o presentar aval de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento de la entidad financiera por el mismo importe, en el
que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista.
Y para que sirva de notificación en legal forma a Macmafer 2005, S. L., en ignorado
paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID.
Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto,
salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento
o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Móstoles, a 2 de septiembre de 2022.—La letrada de la Administración de Justicia
(firmado).
(03/17.381/22)

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ISSN 1989-4791

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