C) Otras Disposiciones - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20220923-13)
Plan estratégico subvenciones –  Orden 2758/2022, de 15 de septiembre, del Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades, por la que se modifica el Plan Estratégico de subvenciones de carácter nominativo a favor de distintas fundaciones en el ámbito de la investigación y la innovación tecnológica para los ejercicios 2022, 2023 y 2024
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 227

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 23 DE SEPTIEMBRE DE 2022

Pág. 51

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades
ORDEN 2758/2022, de 15 de septiembre, del Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades, por la que se modifica el Plan Estratégico de subvenciones de carácter nominativo a favor de distintas fundaciones en el ámbito de la
investigación y la innovación tecnológica para los ejercicios 2022, 2023 y 2024.

El artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de
carácter básico, establece que los órganos de las Administraciones públicas o cualesquiera
entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un Plan Estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con
su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes
de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad
presupuestaria. La Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de
Madrid, recoge en idénticos términos esta misma obligación, en su artículo 4 bis.
El Plan Estratégico de Subvenciones es un instrumento de gestión de carácter programático que carece de rango normativo en sentido estricto. No tiene incidencia en la esfera
de los particulares y no crea derechos ni obligaciones. Su efectividad queda condicionada
a la ejecución de las distintas líneas de subvención, en los términos que el mismo contempla, y a las disponibilidades presupuestarias de cada ejercicio.
Por Orden 1007/2022 del Consejero de Educación, Universidades, Ciencia y Portavoz
del Gobierno, se aprobó el 29 de abril de 2022, el Plan Estratégico de subvenciones de carácter nominativo a favor de distintas fundaciones en el ámbito de la investigación y la innovación tecnológica para los ejercicios 2022, 2023 y 2024.
Dicho plan contemplaba la financiación de actividades concretas de cuatro fundaciones imbricadas en el sistema madrileño de ciencia, tecnología e innovación, al objeto de garantizar el adecuado funcionamiento de las actividades de las cuatro entidades que se detallaban en el Anexo del Plan, cuya labor resulta fundamental dentro del sistema madrileño
de ciencia, tecnología e innovación.
Asimismo, la Comunidad de Madrid recibió invitación para participar en la Fundación
“Margarita Salas”, como miembro fundador y como miembro de su patronato, autorizándose su participación en la constitución de la misma, como miembro fundador y como patrono nato, a través de la Dirección General competente materia de investigación científica, según Decreto 28/2022, de 11 de mayo, del Consejo de Gobierno. Por otra parte, la
Fundación Parque Científico de Madrid, en la reunión de su patronato de fecha 19 de junio
de 2022, acordó la incorporación de la Comunidad de Madrid a su patronato, a través de la
Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, por unanimidad de todos los
miembros del mismo, aceptándose esta formalmente por parte del Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades de la Comunidad de Madrid.
En el caso de desaparición o cambio de la denominación, o de la estructura orgánica
de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, sería patrono de la Fundación Parque Científico de Madrid, la Consejería que asumiera las competencias en materia de innovación tecnológica.
De manera consecuente con lo establecido en el plan estratégico aprobado con anterioridad, las dos subvenciones de concesión directa incorporadas en la presente modificación del
Plan Estratégico, tendrán vigencia durante los años 2022, 2023 y 2024, permitiendo mantener y continuar con la actividad de fomento de la investigación y la innovación tecnológica a
realizar mediante estas líneas de subvención.
Por ello, debe modificarse el Plan Estratégico para que refleje estas circunstancias. En
virtud de lo anterior.
DISPONGO
Modificar el Anexo de la Orden 1007/2022, de 29 de abril, del Consejero de Educación, Universidades, Ciencia y Portavoz del Gobierno, por la que se aprueba el Plan

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