Collado Mediano (BOCM-20220922-73)
Ofertas de empleo. Bases proceso selectivo
19 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 226
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 22 DE SEPTIEMBRE DE 2022
Pág. 197
3. Solicitudes
3.1. Lugar y forma de presentación: las instancias solicitando tomar parte en el procedimiento selectivo, en las que los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada
una de las condiciones exigidas en las presentes bases y referidas siempre a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias: se dirigirán al Presidente de
la Corporación, conforme al modelo oficial de instancia recogido en el anexo I de las bases
y se podrán presentar:
— En cualquiera de los lugares descritos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
— Mediante impreso normalizado, que se presentará, una vez cumplimentado, en la
oficina de registro del Ayuntamiento de Collado Mediano, Plaza Mayor número 1.
— En la sede electrónica de este Ayuntamiento:
http://aytocolladomediano.sedelectronica.es
BOCM-20220922-73
2. Requisitos de participación
Para la admisión a la realización de las pruebas selectivas se deberán reunir los siguientes requisitos exigidos:
a) Ser miembro del Cuerpo de Policía del Ayuntamiento de Collado Mediano o ser
miembro del Cuerpo de la Policía Municipal de cualquier ayuntamiento de la Comunidad de Madrid.
b) Tener una antigüedad, de al menos, dos años de servicio activo en la categoría de Oficial u Cabo a extinguir, según lo recogido en artículo 41.6 de la Ley 1/2018, de 22 de
febrero, de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad de Madrid, y 52.4
del Reglamento Marco de Organización de las Policías Locales de la Comunidad de
Madrid, aprobado por Decreto 210/2021, de 15 de septiembre
c) No encontrarse en la situación de segunda actividad, a excepción de la causa de
embarazo o riesgo durante la lactancia natural.
d) Estar en posesión o en condiciones de obtener documento acreditativo del título de
Grado, Diplomatura Universitaria, Ingeniería Técnica o Arquitectura Técnica o
equivalente, expedido con arreglo a la legislación vigente. En caso de titulaciones
obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite en su caso, la homologación.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas o de los órganos institucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse inhabilitado absoluta o especial
para empleos o cargos públicos por resolución judicial para el acceso al cuerpo o
escala de funcionario en el que hubiera sido separado o inhabilitado.
Todos los requisitos enumerados anteriormente deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de instancias y mantenerse durante todo el proceso selectivo hasta la toma de posesión como funcionario/a de carrera. Dichos requisitos, deberán
acreditarse con anterioridad a su nombramiento como funcionarios/as en prácticas.
No obstante, lo anterior, en cualquier momento del proceso selectivo, el Tribunal podrá requerir a las personas aspirantes, la documentación acreditativa de los requisitos exigidos en la convocatoria. En caso de constatarse que alguna de las personas aspirantes no
reúne uno o varios de los requisitos, el Tribunal, previa audiencia a la parte interesada, deberá emitir propuesta motivada de exclusión del proceso selectivo, dirigida al órgano que
hubiera aprobado la relación definitiva de aspirantes admitidos/as, comunicando, asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el/la aspirante en su solicitud de participación, a los efectos pertinentes.
Asimismo, si el Tribunal, durante el desarrollo del proceso selectivo, tuviera conocimiento o dudas fundadas de que alguna de las personas aspirantes carece de la capacidad
funcional para el desempeño de las tareas y funciones habituales de la categoría objeto de
la convocatoria, recabará informe preceptivo de los órganos técnicos competentes, el cual
será evacuado en el plazo máximo de diez días y tendrá el carácter de determinante para resolver. De esta actuación se dará conocimiento al interesado/a, al objeto de que pueda
formular las alegaciones que estime oportunas.
Si del contenido del dictamen se desprende que el/la aspirante carece de capacidad
funcional, el Tribunal, previa audiencia del interesado/a, emitirá propuesta motivada de exclusión del proceso selectivo dirigida al órgano competente.
Hasta que se dicte la oportuna resolución por el órgano competente el/la aspirante podrá continuar participando condicionadamente en el proceso selectivo.
B.O.C.M. Núm. 226
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 22 DE SEPTIEMBRE DE 2022
Pág. 197
3. Solicitudes
3.1. Lugar y forma de presentación: las instancias solicitando tomar parte en el procedimiento selectivo, en las que los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada
una de las condiciones exigidas en las presentes bases y referidas siempre a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias: se dirigirán al Presidente de
la Corporación, conforme al modelo oficial de instancia recogido en el anexo I de las bases
y se podrán presentar:
— En cualquiera de los lugares descritos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
— Mediante impreso normalizado, que se presentará, una vez cumplimentado, en la
oficina de registro del Ayuntamiento de Collado Mediano, Plaza Mayor número 1.
— En la sede electrónica de este Ayuntamiento:
http://aytocolladomediano.sedelectronica.es
BOCM-20220922-73
2. Requisitos de participación
Para la admisión a la realización de las pruebas selectivas se deberán reunir los siguientes requisitos exigidos:
a) Ser miembro del Cuerpo de Policía del Ayuntamiento de Collado Mediano o ser
miembro del Cuerpo de la Policía Municipal de cualquier ayuntamiento de la Comunidad de Madrid.
b) Tener una antigüedad, de al menos, dos años de servicio activo en la categoría de Oficial u Cabo a extinguir, según lo recogido en artículo 41.6 de la Ley 1/2018, de 22 de
febrero, de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad de Madrid, y 52.4
del Reglamento Marco de Organización de las Policías Locales de la Comunidad de
Madrid, aprobado por Decreto 210/2021, de 15 de septiembre
c) No encontrarse en la situación de segunda actividad, a excepción de la causa de
embarazo o riesgo durante la lactancia natural.
d) Estar en posesión o en condiciones de obtener documento acreditativo del título de
Grado, Diplomatura Universitaria, Ingeniería Técnica o Arquitectura Técnica o
equivalente, expedido con arreglo a la legislación vigente. En caso de titulaciones
obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite en su caso, la homologación.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas o de los órganos institucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse inhabilitado absoluta o especial
para empleos o cargos públicos por resolución judicial para el acceso al cuerpo o
escala de funcionario en el que hubiera sido separado o inhabilitado.
Todos los requisitos enumerados anteriormente deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de instancias y mantenerse durante todo el proceso selectivo hasta la toma de posesión como funcionario/a de carrera. Dichos requisitos, deberán
acreditarse con anterioridad a su nombramiento como funcionarios/as en prácticas.
No obstante, lo anterior, en cualquier momento del proceso selectivo, el Tribunal podrá requerir a las personas aspirantes, la documentación acreditativa de los requisitos exigidos en la convocatoria. En caso de constatarse que alguna de las personas aspirantes no
reúne uno o varios de los requisitos, el Tribunal, previa audiencia a la parte interesada, deberá emitir propuesta motivada de exclusión del proceso selectivo, dirigida al órgano que
hubiera aprobado la relación definitiva de aspirantes admitidos/as, comunicando, asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el/la aspirante en su solicitud de participación, a los efectos pertinentes.
Asimismo, si el Tribunal, durante el desarrollo del proceso selectivo, tuviera conocimiento o dudas fundadas de que alguna de las personas aspirantes carece de la capacidad
funcional para el desempeño de las tareas y funciones habituales de la categoría objeto de
la convocatoria, recabará informe preceptivo de los órganos técnicos competentes, el cual
será evacuado en el plazo máximo de diez días y tendrá el carácter de determinante para resolver. De esta actuación se dará conocimiento al interesado/a, al objeto de que pueda
formular las alegaciones que estime oportunas.
Si del contenido del dictamen se desprende que el/la aspirante carece de capacidad
funcional, el Tribunal, previa audiencia del interesado/a, emitirá propuesta motivada de exclusión del proceso selectivo dirigida al órgano competente.
Hasta que se dicte la oportuna resolución por el órgano competente el/la aspirante podrá continuar participando condicionadamente en el proceso selectivo.