Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (BOCM-20220922-45)
Confederación Hidrográfica del Tajo. Canon de regulación
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BOCM
Pág. 166
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 22 DE SEPTIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 226
II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO
45
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Confederación Hidrográfica del Tajo
BOCM-20220922-45
En relación con el procedimiento iniciado para la aprobación de la tarifas de utilización del agua y de los cánones de regulación correspondientes al ejercicio 2023 y cumplido el trámite previsto en el artículo 302 del Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el
que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico, se procede a un período de
información pública.
De acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril (“Boletín Oficial del Estado” de 30 de abril de 1986), se formulan los presentes cánones de regulación
de aplicación a los aprovechamientos de aguas que utilicen las obras hidráulicas desde la
Presa de Canon de Regulación de La Tajera. Año 2023.
— Usuarios de abastecimiento y otros usos de la cuenca del Tajo: 0,022559 euros/m3.
— Usuarios de riego de la cuenca del Tajo: 45,18 euros/ha.
— Usuarios hidroeléctricos de la cuenca del Tajo: 0,002974 euros/kWh.
— Usuarios no consuntivos de la cuenca del Tajo: 0,001370 euros/m3.
Estarán obligados al pago de estos cánones todos los titulares de derechos al uso del agua
beneficiados por las obras de regulación de Canon de Regulación de La Tajera. Año 2023.
Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 849/1986,
a efectos de que los interesados puedan presentar durante el plazo de quince días, contados
a partir del siguiente a la publicación de este anuncio en los Boletines Oficiales de las Provincias de Guadalajara, Madrid, las reclamaciones que estimen oportunas, en las Oficinas
de la Confederación Hidrográfica del Tajo, avenida de Portugal, número 81, 28071 Madrid,
en las que estará de manifiesto el expediente completo durante el plazo indicado. Asimismo, se podrá consultar el indicador Estudio para Elaboración de las Tarifas y Cánones de
Regulación de la cuenca del Tajo para 2023, en el siguiente enlace:
http://www.chtajo.es/Servicios/Recaudacion/TarifasYCanones/Paginas/default.aspx
También podrán presentarse las reclamaciones en las dependencias que señala el
artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.
En Madrid, a 24 de agosto de 2022.—La secretaria general, Montserrat Fernández San
Miguel.
(02/16.789/22)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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JUEVES 22 DE SEPTIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 226
II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO
45
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Confederación Hidrográfica del Tajo
BOCM-20220922-45
En relación con el procedimiento iniciado para la aprobación de la tarifas de utilización del agua y de los cánones de regulación correspondientes al ejercicio 2023 y cumplido el trámite previsto en el artículo 302 del Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el
que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico, se procede a un período de
información pública.
De acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril (“Boletín Oficial del Estado” de 30 de abril de 1986), se formulan los presentes cánones de regulación
de aplicación a los aprovechamientos de aguas que utilicen las obras hidráulicas desde la
Presa de Canon de Regulación de La Tajera. Año 2023.
— Usuarios de abastecimiento y otros usos de la cuenca del Tajo: 0,022559 euros/m3.
— Usuarios de riego de la cuenca del Tajo: 45,18 euros/ha.
— Usuarios hidroeléctricos de la cuenca del Tajo: 0,002974 euros/kWh.
— Usuarios no consuntivos de la cuenca del Tajo: 0,001370 euros/m3.
Estarán obligados al pago de estos cánones todos los titulares de derechos al uso del agua
beneficiados por las obras de regulación de Canon de Regulación de La Tajera. Año 2023.
Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 849/1986,
a efectos de que los interesados puedan presentar durante el plazo de quince días, contados
a partir del siguiente a la publicación de este anuncio en los Boletines Oficiales de las Provincias de Guadalajara, Madrid, las reclamaciones que estimen oportunas, en las Oficinas
de la Confederación Hidrográfica del Tajo, avenida de Portugal, número 81, 28071 Madrid,
en las que estará de manifiesto el expediente completo durante el plazo indicado. Asimismo, se podrá consultar el indicador Estudio para Elaboración de las Tarifas y Cánones de
Regulación de la cuenca del Tajo para 2023, en el siguiente enlace:
http://www.chtajo.es/Servicios/Recaudacion/TarifasYCanones/Paginas/default.aspx
También podrán presentarse las reclamaciones en las dependencias que señala el
artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.
En Madrid, a 24 de agosto de 2022.—La secretaria general, Montserrat Fernández San
Miguel.
(02/16.789/22)
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ISSN 1989-4791