C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN LOCAL Y DIGITALIZACIÓN (BOCM-20220922-23)
Bases subvenciones –  Orden 390/2022, de 13 de septiembre, de la Consejería de Administración Local y Digitalización, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones dirigidas a municipios de la Comunidad de Madrid con población inferior a 5.000 habitantes para financiar los gastos de inversión en infraestructuras y equipamientos que resulten necesarios para la gestión municipal
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 226

JUEVES 22 DE SEPTIEMBRE DE 2022

Pág. 95






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Dirección General de Inversiones y Desarrollo Local
CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN LOCAL
Y DIGITALIZACIÓN



Justificación de la subvención dirigida a municipios de la Comunidad de Madrid con población inferior a 5.000 habitantes para financiar los gastos de inversión en infraestructuras y equipamientos que
resulten necesarios para la gestión municipal.
1.- Datos del interesado:
NIF / NIE

Razón Social/Entidad

Tipo vía
Nº/Km:

Nombre vía
Piso

Puerta

Provincia

Código Postal

Municipio

Otros datos de localización
Correo electrónico

Teléfono 1

Teléfono 2

2.- Datos del representante:
NIF / NIE

Razón Social/Entidad

Nombre

Apellido 1

Tipo vía
Nº/Km:

Apellido 2
Nombre vía

Piso

Puerta

Provincia

Código Postal

Municipio

Otros datos de localización
Correo electrónico

Teléfono 1

Teléfono 2

En calidad de

3.- Medio de Notificación:

Interesado/a { Representante (indique a quién desea que se envíe la notificación)

Las notificaciones se realizarán a través de medios electrónicos por lo que, con carácter previo a la presentación de esta
solicitud, la persona a la que se notifica deberá estar dada de alta en el Sistema de Notificaciones Electrónicas de la
Comunidad de Madrid. Puede darse de alta accediendo a este enlace.

4.- Documentación requerida:
Se aporta en la solicitud

En ……………………………………., a…..…..... de……..…………..… de…………

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Código 3322FR2

BOCM-20220922-23

Documentos que se acompañan a la solicitud
Facturas emitidas con los requisitos reglamentariamente establecidosadjuntando el justificante de pago
efectivamente realizado.
Certificación municipal del Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento, Junta de Gobierno Local u órgano
municipal competente de aprobación de las facturas.
Certificación municipal del acto o acuerdo de adjudicación del gasto por Acuerdo del Pleno del
Ayuntamiento, Junta de Gobierno Local u órgano municipal competente, en los casos que proceda.
Cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantías establecidas para el contrato menor en
la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, deberá acreditarse la tramitación de
cualquiera de los procedimientos de licitación regulados en el mencionado texto normativo.
informe favorable de la Consejería competente de la Comunidad de Madrid respecto de los requisitos
sanitarios en caso de actuaciones en cementerios municipales.
Cuando las actividades hayan sido financiadas, además de con la subvención, con fondos propios u
otras subvenciones o recursos, deberá acreditarse en la justificación el importe, procedencia y aplicación
de tales fondos a las actividades subvencionadas.