C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20220922-21)
Bases subvenciones –  Orden de 13 de septiembre de 2022, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se procede a la corrección de errores detectados en la Orden de 4 de agosto de 2022, del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones del Programa de Fomento de Empleo Juvenil con las Corporaciones Locales y se convocan subvenciones para el año 2022
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 22 DE SEPTIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 226

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
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ORDEN de 13 de septiembre de 2022, de la Consejería de Economía, Hacienda
y Empleo, por la que se procede a la corrección de errores detectados en la Orden de 4 de agosto de 2022, del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo,
por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones del Programa de Fomento de Empleo Juvenil con las Corporaciones Locales y se convocan subvenciones para el año 2022.

Advertido error material en la numeración de determinados apartados de los artículos 7, 25 y 31 de la Orden de 4 de agosto de 2022, del Consejero de Economía, Hacienda y
Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones del Programa
de Fomento de Empleo Juvenil con las Corporaciones Locales y se convocan subvenciones
para el año 2022, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 208, de 1 de septiembre de 2022, se procede a su corrección en los siguientes términos:
Primero
En el artículo 7, titulado “Personas destinatarias del programa”, se renumeran los apartados del citado artículo a partir del apartado 3 y, en consecuencia, los apartados 5, 6 y 7
pasan a ser los apartados 4, 5 y 6, correlativamente.
Segundo
En el artículo 25, titulado “Identificación y publicidad de las acciones”, se renumeran
los apartados del citado artículo a partir del primer apartado 4, y en consecuencia, el segundo apartado 4 y el apartado 5 pasan a numerarse como 5 y 6, correlativamente.
Tercero
En el artículo 31, titulado “Convocatoria de subvenciones, para el año 2022, del Programa de Fomento de Empleo Juvenil con las Corporaciones Locales”, se renumeran los
apartados del citado artículo a partir del noveno y, en consecuencia, el apartado undécimo
y duodécimo pasan a numerarse como décimo y undécimo, correlativamente.
Cuarto
La presente Orden no modifica los plazos de presentación de solicitudes, que será el
establecido en el apartado quinto del extracto de la Orden de 4 de agosto de 2022, del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, en cuyo Título II se convocan subvenciones, para
el año 2022, del Programa de Fomento de Empleo Juvenil con las Corporaciones Locales,
publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 208, de 1 de
septiembre de 2022.
Madrid, a 13 de septiembre de 2022.
El Consejero de Economía, Hacienda y Empleo,
JAVIER FERNÁNDEZ-LASQUETTY Y BLANC

BOCM-20220922-21

(03/17.970/22)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791