C) Otras Disposiciones - Consejería de Presidencia, Justicia e Interior (BOCM-20220920-15)
Personal control espectáculos públicos – Resolución de 9 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Seguridad, Protección Civil y Formación, por la que se aprueban y se hacen públicos los listados provisionales de admitidos a las pruebas para la renovación del Certificado Acreditativo del Personal de Control de Acceso a Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas
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BOCM
Pág. 64
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 20 DE SEPTIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 224
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Presidencia, Justicia e Interior
15
RESOLUCIÓN de 9 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Seguridad, Protección Civil y Formación, por la que se aprueban y se hacen públicos
los listados provisionales de admitidos a las pruebas para la renovación del Certificado Acreditativo del Personal de Control de Acceso a Espectáculos Públicos
y Actividades Recreativas.
De conformidad con lo establecido en el artículo 5.1 de la Orden 734/2014, de 3 de
abril, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, por la que se
aprueban las bases generales de las pruebas para la renovación del certificado acreditativo
del personal de control de acceso a espectáculos públicos y actividades recreativas, y el
apartado quinto de la Orden de 1 de julio de 2022, de la Consejería de Presidencia, Justicia
e Interior, por la que se convocan pruebas para la renovación del certificado acreditativo del
personal de control de acceso a espectáculos públicos y actividades recreativas,
RESUELVO
Primero
Aprobar y hacer públicos los listados provisionales de aspirantes admitidos a las citadas pruebas.
Segundo
Aprobar y publicar los listados provisionales de aspirantes no admitidos, hasta la subsanación de las deficiencias establecidas en el mismo, y de aspirantes excluidos, que se incorporan
como Anexo I a esta Resolución. De conformidad con el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de esta Resolución, para la subsanación de los defectos detectados.
Tercero
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 5.2 de la Orden 734/2014, de 3 de abril,
de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, anteriormente citada,
los aspirantes que no figuren en el listado provisional de admitidos podrán dirigirse al Tribunal Calificador, sito en la sede del Área de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Dirección General de Seguridad, Protección Civil y Formación (calle Princesa,
número 5, 1.a planta), para conocer las causas de su no admisión y dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente
Resolución, a fin de subsanar, en su caso, el defecto que haya motivado su no inclusión
expresa, de conformidad con el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La subsanación de los defectos podrá realizarse a través del Registro auxiliar de la
Consejería de Presidencia, Justicia e Interior (calle Carretas, número 4, de Madrid), así
como en los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas antes citada, remitiendo al Área de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad de
Madrid la siguiente documentación:
1. Los aspirantes incluidos en el listado de no admitidos, pendientes de subsanación,
aportarán la documentación acreditativa de la subsanación del defecto detectado.
2. Aquellos que no figuren en los listados de admitidos ni excluidos habrán de presentar copia de la solicitud de participación en las pruebas selectivas, junto con la documentación exigida en las bases generales.
BOCM-20220920-15
Cuarto
Pág. 64
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 20 DE SEPTIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 224
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Presidencia, Justicia e Interior
15
RESOLUCIÓN de 9 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Seguridad, Protección Civil y Formación, por la que se aprueban y se hacen públicos
los listados provisionales de admitidos a las pruebas para la renovación del Certificado Acreditativo del Personal de Control de Acceso a Espectáculos Públicos
y Actividades Recreativas.
De conformidad con lo establecido en el artículo 5.1 de la Orden 734/2014, de 3 de
abril, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, por la que se
aprueban las bases generales de las pruebas para la renovación del certificado acreditativo
del personal de control de acceso a espectáculos públicos y actividades recreativas, y el
apartado quinto de la Orden de 1 de julio de 2022, de la Consejería de Presidencia, Justicia
e Interior, por la que se convocan pruebas para la renovación del certificado acreditativo del
personal de control de acceso a espectáculos públicos y actividades recreativas,
RESUELVO
Primero
Aprobar y hacer públicos los listados provisionales de aspirantes admitidos a las citadas pruebas.
Segundo
Aprobar y publicar los listados provisionales de aspirantes no admitidos, hasta la subsanación de las deficiencias establecidas en el mismo, y de aspirantes excluidos, que se incorporan
como Anexo I a esta Resolución. De conformidad con el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de esta Resolución, para la subsanación de los defectos detectados.
Tercero
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 5.2 de la Orden 734/2014, de 3 de abril,
de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, anteriormente citada,
los aspirantes que no figuren en el listado provisional de admitidos podrán dirigirse al Tribunal Calificador, sito en la sede del Área de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Dirección General de Seguridad, Protección Civil y Formación (calle Princesa,
número 5, 1.a planta), para conocer las causas de su no admisión y dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente
Resolución, a fin de subsanar, en su caso, el defecto que haya motivado su no inclusión
expresa, de conformidad con el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La subsanación de los defectos podrá realizarse a través del Registro auxiliar de la
Consejería de Presidencia, Justicia e Interior (calle Carretas, número 4, de Madrid), así
como en los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas antes citada, remitiendo al Área de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad de
Madrid la siguiente documentación:
1. Los aspirantes incluidos en el listado de no admitidos, pendientes de subsanación,
aportarán la documentación acreditativa de la subsanación del defecto detectado.
2. Aquellos que no figuren en los listados de admitidos ni excluidos habrán de presentar copia de la solicitud de participación en las pruebas selectivas, junto con la documentación exigida en las bases generales.
BOCM-20220920-15
Cuarto