Alcorcón (BOCM-20220920-50)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 20 DE SEPTIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 224

6. Órganos de selección
El Tribunal de Selección estará compuesta por un presidente y cuatro vocales, actuando uno de ellos como secretario, así como una persona suplente por cada una de ellas, todos ellos funcionarios de carrera y con titulación igual o superior a la plaza a cubrir.
Uno de los vocales será designado por la Comunidad de Madrid.
El tribunal será nombrado por el órgano competente en resolución que se publicará en
la página web y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID junto con el listado de aspirantes admitidos.
Cuando el procedimiento selectivo por dificultades técnicas o de otra índole así lo
aconsejase, el Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores/as especialistas, para todas o algunas de las pruebas, de acuerdo con lo previsto en las correspondientes convocatorias. Dichos asesores/as colaborarán con el órgano de selección exclusivamente en el ejercicio de sus especialidades técnicas, y tendrán voz, pero no voto.
Asimismo, el Tribunal podrá valerse de personal auxiliar durante el desarrollo material de
los ejercicios, cuya designación deberá comunicarse al órgano competente, que habrá de
autorizar el número de personal auxiliar propuesto.
El nombramiento de los/las asesores/as especialistas y personal auxiliar se publicará mediante anuncio del Tribunal de Selección en la web municipal del Ayuntamiento de Alcorcón.
El procedimiento de selección de los aspirantes constará de las siguientes fases de carácter sucesivo:
— Oposición.
— Concurso.
— Curso selectivo de formación.
— Período de prácticas.
7.1. Fase de oposición: la fase de oposición constará de las siguientes pruebas que
tendrán carácter eliminatorio, llevándose a efecto su realización en el orden siguiente:
7.1.1. Pruebas psicotécnicas: serán homologadas mediante Resolución de la Dirección General de la Comunidad de Madrid competente en materia de coordinación de policías locales, orientadas a comprobar que las aptitudes y rasgos de personalidad de las y los
aspirantes son los más adecuados para la función policial a desempeñar.
Para ello se realizarán:
— Test de inteligencia general y/o aptitudes en los que se valorará la capacidad verbal, numérica y espacial, razonamiento, atención-percepción y memoria visual.
— Pruebas de personalidad y capacidades: se valorarán aspectos tales como estabilidad emocional, autoconfianza, habilidades interpersonales.
7.1.2. Pruebas físicas adecuadas a las funciones a realizar y tendentes a comprobar,
entre otros aspectos, las condiciones de equilibrio, velocidad, resistencia y coordinación.
Para ello se realizarán las siguientes pruebas:
— Carrera de resistencia sobre 800 metros.
— Carrera de velocidad sobre 60 metros.
— Lanzamiento de balón medicinal.
— Salto de longitud desde posición de parado.
— Natación (25 metros).
Estas pruebas se realizarán con arreglo a las normas que figuran en el Anexo IX.
Aquellas pruebas que requieran de cronometraje para su medición, ésta podrá ser realizada por los siguientes métodos reconocidos como oficiales:
1. Cronometraje manual.
2. Cronometraje totalmente automático obtenido de un sistema de Foto Finish.
3. Cronometraje proporcionado por un Sistema de Transpondedores.
Para poder participar en estas pruebas se deberá acreditar la aptitud física precisa mediante la presentación, en la fecha y lugar de realización de las pruebas físicas, de un certificado médico extendido en impreso oficial y firmado por un colegiado en ejercicio, en el que se haga
constar expresamente que la persona aspirante reúne las condiciones físicas y sanitarias necesarias y suficientes para la realización de las pruebas físicas que figuran especificadas en las
bases. No se admitirán certificados que no se ajusten en su redacción a estos conceptos. Este

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7. Sistema selectivo