Madrid número 24 (BOCM-20220920-70)
Ejecución 165/2022
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 224

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 20 DE SEPTIEMBRE DE 2022

Pág. 245

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
70

MADRID NÚMERO 24
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARTA MENARGUEZ SALOMON LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social n° 24 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 165/2022 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dfia. DIONISIO MENOR SANCHEZ frente a MARIANO LABRADO SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución
PARTE DISPOSITIVA

BOCM-20220920-70

Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante,
D./Dña. DIONISIO MENOR SANCHEZ, frente a la demandada MARIANO LABRADO
SL, parte ejecutada, por un principal de 13.912,26 euros de los cuales corresponden
1.945,41 euros a indemnización y 11.966,85 euros a salarios, más 556,49 euros y 1.391,22
euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
MODO DE IMPUGNACION.- Mediante recurso de reposicion ante este. Juzgado
dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar
las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición
en los términos previstos en el art. 239.4 LJS., debiendo ‘el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad social’ ingresar la cantidad de 25 Euros en la
cuenta de este Juzgado abierta en la Entidad Banco de Santander 2522-000064-0165-22.
Así, por éste su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado - Juez
D./Dña. JACOB JIMÉNEZ GENTIL.
EL MAGISTRADO-JUEZ
Y para que sirva de notificación en legal forma a MARIANO LABRADO SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a veintinueve de agosto de dos mil veintidós.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/17.190/22)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791