C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20220920-20)
Convocatoria subvenciones –  Orden de 13 de septiembre de 2022, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se procede a la corrección de errores detectados en la Orden de 22 de julio de 2022, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, de convocatoria plurianual 2022-2023 de subvenciones para la financiación de programas de formación dirigidos prioritariamente a trabajadores ocupados
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 224

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 20 DE SEPTIEMBRE DE 2022

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I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
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ORDEN de 13 de septiembre de 2022, de la Consejería de Economía, Hacienda
y Empleo, por la que se procede a la corrección de errores detectados en la Orden de 22 de julio de 2022, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo,
de convocatoria plurianual 2022-2023 de subvenciones para la financiación de
programas de formación dirigidos prioritariamente a trabajadores ocupados.

De conformidad con lo establecido en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, advertidos
errores en la Orden de 22 de julio de 2022, del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo,
por la que se convocan subvenciones para la financiación de acciones de formación dirigidas
prioritariamente a trabajadores ocupados para los años 2022 y 2023 (BDNS: 641073), se procede a su corrección en los siguientes términos:
Primero
En la página 23, Resuelvo Undécimo, punto 5, respecto al alumnado que ha abandonado la formación:
Donde dice:
“Dicho porcentaje se calculará de oficio teniendo en cuenta el total de alumnos certificados por la entidad solicitante de las acciones formativas ejecutadas y finalizadas en los
años 2017 y 2018 de programas de formación dirigidos prioritariamente a trabajadores ocupados de la Comunidad de Madrid”.
Debe decir:
“Dicho porcentaje se calculará de oficio teniendo en cuenta el total de alumnos certificados por la entidad solicitante de las acciones formativas ejecutadas y finalizadas de las
convocatorias de los años 2017 y 2018 de programas de formación dirigidos prioritariamente a trabajadores ocupados de la Comunidad de Madrid”.
Segundo
En la página 1 del Anexo III-Acciones Transversales. Modalidad Teleformación, para
la acción formativa “Análisis de cuentas anuales en la empresa”, en la primera columna de
código de acción:
Donde dice:
“ADGD001PO”.
Debe decir:
“ADGD006PO”.

La presente Orden no modifica el plazo de presentación de solicitudes, que será el
establecido en el apartado quinto del extracto de la Orden de 22 de julio 2022, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, de convocatoria plurianual 2022-2023 de subvenciones para la financiación de programas de formación dirigidos prioritariamente a
trabajadores ocupados, publicado en el B OLETÍN O FICIAL DE LA C OMUNIDAD DE
MADRID número 177, de 27 de julio.
En Madrid, a 13 de septiembre de 2022.
El Consejero de Economía, Hacienda y Empleo,
JAVIER FERNÁNDEZ-LASQUETTY Y BLANC

(03/17.940/22)
http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

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