Fuenlabrada (BOCM-20220919-52)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 223

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 19 DE SEPTIEMBRE DE 2022

Pág. 179

BOCM-20220919-52

— Programa 2: Viviendas ubicadas en edificios de tipología residencial colectiva o vivienda unifamiliar o agrupadas en fila, 100.000 euros ampliables en 100.000 euros
adicionales.
Sexto. Plazo presentación solicitudes.—El plazo de presentación de las solicitudes y
documentación preceptiva (detallada en el artículo 12 de la convocatoria) se inicia desde el
día siguiente a fecha de publicación del extracto de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y finaliza a las 23:59 horas del día 16 de octubre de 2022.
El modelo de solicitud normalizado para la obtención de las subvenciones reguladas
en la presente convocatoria estará disponible en la “Sede Electrónica del Instituto Municipal de Vivienda de Fuenlabrada”. Las modalidades de presentación/registro de solicitudes
son las siguientes:
— Registro telemático: las solicitudes junto con la documentación deberán presentarse por vía telemática a través de la Sede Electrónica del Instituto Municipal de Vivienda de Fuenlabrada https://sede.imvfuenlabrada.es/ y, en su caso, y de acuerdo
con lo dispuesto en los artículos 12, 13 y 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se podrá
realizar la presentación electrónica directamente por sus propios medios o a través
de las Oficinas de Atención al Ciudadano o de Registro General de las distintas administraciones públicas, todo ello sin perjuicio de optar por los medios previstos en
dicha Ley.
— Registro presencial: (únicamente para el Programa 2): las solicitudes, junto con la
documentación, podrán presentarse en el Registro del Instituto Municipal de Vivienda de Fuenlabrada (Espacio Municipal Los Arcos, calle Norte, número 11) o en
cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Si la solicitud presentada no reuniera los requisitos necesarios para su tramitació,
se requerirá al solicitante para que subsane, en el plazo máximo de diez días hábiles, los
defectos observados. De no subsanarse dichos defectos, se le tendrá por desistido. En
caso de problemas técnicos o dudas, se puede contactar a través del correo electrónico:
info.imv@ayto-fuenlabrada.es
Séptimo. Pago.—Se procederá al pago de la subvención tras la aprobación y publicación del listado de admitidos y excluidos, mediante transferencia bancaria en la cuenta
que deberá indicar el solicitante en el impreso de solicitud.
En Fuenlabrada, a 15 de septiembre de 2022.—El alcalde-presidente, Francisco Javier
Ayala Ortega.
(03/18.033/22)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791