Majadahonda (BOCM-20220919-56)
Contratación. Composición mesa contratación
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 223
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 19 DE SEPTIEMBRE DE 2022
Pág. 183
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
56
MAJADAHONDA
CONTRATACIÓN
BOCM-20220919-56
El alcalde-presidente, mediante decreto de la Alcaldía número 1960/2022, de 13 de
mayo, ha resuelto, en relación a la composición de las mesas de contratación, lo siguiente:
“Primero.—Designar con carácter permanente a los siguientes miembros de las Mesas
de Contratación:
— Presidente: jefe del Servicio de Contratación.
— Primer suplente del presidente: directora-coordinadora del Área de Contratación y
Asuntos Jurídicos.
— Segundo suplente del presidente: técnico de Administración General adscrito a la
Dirección Coordinación del Área de Contratación y Asuntos Jurídicos.
— Primer vocal: secretaria general o quien legalmente la sustituya.
— Segundo vocal: interventor municipal o el funcionario que tenga atribuida la función de control económico presupuestario.
— Tercer vocal: un funcionario del grupo A1 o A2 del Área que proponga la necesidad del contrato o empleado laboral de nivel equivalente.
— Secretario: un técnico de Administración General adscrito a la Dirección Coordinación del Área de Contratación y Asuntos Jurídicos o, en su defecto, un funcionario administrativo (C1) adscrito al Área de Contratación.
Asistirán a la Mesa de Contratación, con voz pero sin voto en calidad de asesores, los
técnicos del servicio que propone la contratación o cualquier otro técnico a requerimiento
de la Mesa.
Esta composición de las Mesas de Contratación será aplicable a aquellas que se deban
constituir en expedientes en que el órgano competente sea el alcalde o la Junta de Gobierno por delegación del alcalde.
Segundo.—La presente resolución surtirá efecto a partir del día siguiente a su aprobación, en relación a aquellas Mesas que se celebren a partir de la citada fecha, sin perjuicio
de su notificación y publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID,
en la Plataforma de Contratación y en el Portal de Transparencia.
Tercero.—Se dará cuenta a la Comisión de Vigilancia de la Contratación”.
Lo que se hace público para general conocimiento, en cumplimiento de lo establecido
en el artículo 21.4 del Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
Majadahonda, a 7 de septiembre de 2022.—La concejal-delegada de Bienestar Social,
Mayores, Servicios Jurídicos y Régimen Interior, M.a José Montón Rosáenz.
(03/17.632/22)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 223
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 19 DE SEPTIEMBRE DE 2022
Pág. 183
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
56
MAJADAHONDA
CONTRATACIÓN
BOCM-20220919-56
El alcalde-presidente, mediante decreto de la Alcaldía número 1960/2022, de 13 de
mayo, ha resuelto, en relación a la composición de las mesas de contratación, lo siguiente:
“Primero.—Designar con carácter permanente a los siguientes miembros de las Mesas
de Contratación:
— Presidente: jefe del Servicio de Contratación.
— Primer suplente del presidente: directora-coordinadora del Área de Contratación y
Asuntos Jurídicos.
— Segundo suplente del presidente: técnico de Administración General adscrito a la
Dirección Coordinación del Área de Contratación y Asuntos Jurídicos.
— Primer vocal: secretaria general o quien legalmente la sustituya.
— Segundo vocal: interventor municipal o el funcionario que tenga atribuida la función de control económico presupuestario.
— Tercer vocal: un funcionario del grupo A1 o A2 del Área que proponga la necesidad del contrato o empleado laboral de nivel equivalente.
— Secretario: un técnico de Administración General adscrito a la Dirección Coordinación del Área de Contratación y Asuntos Jurídicos o, en su defecto, un funcionario administrativo (C1) adscrito al Área de Contratación.
Asistirán a la Mesa de Contratación, con voz pero sin voto en calidad de asesores, los
técnicos del servicio que propone la contratación o cualquier otro técnico a requerimiento
de la Mesa.
Esta composición de las Mesas de Contratación será aplicable a aquellas que se deban
constituir en expedientes en que el órgano competente sea el alcalde o la Junta de Gobierno por delegación del alcalde.
Segundo.—La presente resolución surtirá efecto a partir del día siguiente a su aprobación, en relación a aquellas Mesas que se celebren a partir de la citada fecha, sin perjuicio
de su notificación y publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID,
en la Plataforma de Contratación y en el Portal de Transparencia.
Tercero.—Se dará cuenta a la Comisión de Vigilancia de la Contratación”.
Lo que se hace público para general conocimiento, en cumplimiento de lo establecido
en el artículo 21.4 del Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
Majadahonda, a 7 de septiembre de 2022.—La concejal-delegada de Bienestar Social,
Mayores, Servicios Jurídicos y Régimen Interior, M.a José Montón Rosáenz.
(03/17.632/22)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791