Madrid número 24 (BOCM-20220917-11)
Ejecución 164/2022
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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SÁBADO 17 DE SEPTIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 222

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
11

MADRID NÚMERO 24
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Marta Menárguez Salomón, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de
lo social número 24 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento número 164/2022 de este Juzgado de lo social,
seguido a instancias de don José María Gil Hidalgo, frente a Mariano Labrado, S. L., sobre
ejecución de títulos judiciales, se ha dictado la siguiente resolución:
Parte dispositiva:

BOCM-20220917-11

Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante, don
José María Gil Hidalgo, frente a la demandada Mariano Labrado, S. L., parte ejecutada, por
un principal de 14.074,38 euros, de los cuales corresponden 2.107,53 euros a indemnización y 11.966,85 euros a salarios, más 562,98 euros y 1.407,43 euros de intereses y costas
calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los
tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que, además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 de la LJS, debiendo el recurrente que no sea trabajador
beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado, abierta en la entidad Banco Santander, número 2522-0000-64-0164-22.
Así, por este su auto, lo acuerda, manda y firma, el ilustrísimo señor magistrado-juez,
don Jacob Jiménez Gentil.—El magistrado-juez.
Y para que sirva de notificación en legal forma a Mariano Labrado, S. L., en ignorado
paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID.
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto,
salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a 29 de agosto de 2022.—La letrada de la Administración de Justicia
(firmado).
(03/17.189/22)

http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791