C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20220917-3)
Convenio colectivo –  Resolución de 3 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación de la revisión salarial de 2021 del Convenio Colectivo del Sector de Óptica (comercio, talleres, fabricación etc.), suscrita por la Comisión Negociadora (código número 28003015011981)
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 17 DE SEPTIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 222

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
3

RESOLUCIÓN de 3 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Trabajo
de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y
publicación de la revisión salarial de 2021 del Convenio Colectivo del Sector de
Óptica (comercio, talleres, fabricación etc.), suscrita por la Comisión Negociadora (código número 28003015011981).

Examinada el Acta de Revisión Salarial de 2021 del Convenio Colectivo del Sector de
Óptica (comercio talleres fabricación etc), suscrita por la Comisión Negociadora el día 27
de mayo de 2022; completada la documentación exigida en los artículos 6 y 7 del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.1.a) de dicho Real Decreto, en el artículo 90.2 y 3 del texto refundido de la Ley del
Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y con el artículo 1 del Decreto 42/2021 de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la
Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 28.1.h) del Decreto 234/2021, de 10 de
noviembre del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, esta Dirección General
RESUELVE

BOCM-20220917-3

1. Inscribir dicha revisión salarial del Convenio Colectivo en el Registro de Convenios Colectivos, Acuerdos colectivos de trabajo y Planes de Igualdad de esta Dirección, y
proceder al correspondiente depósito en este Organismo.
2. Disponer la publicación del presente Anexo, obligatoria y gratuita, en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Contra la presente resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Viceconsejería de Empleo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de
Madrid, de acuerdo con los artículos 112, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, en
el plazo de un mes, y contándose desde el día siguiente de esta notificación, prorrogándose
al primer día hábil siguiente cuando el último sea inhábil.
Madrid, a 3 de septiembre de 2022.—La Directora General de Trabajo, Silvia Marina
Parra Rudilla.