Alcalá de Henares (BOCM-20220916-47)
Régimen económico. Padrón fiscal actividades económicas
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 221

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 16 DE SEPTIEMBRE DE 2022

Pág. 179

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
47

ALCALÁ DE HENARES
RÉGIMEN ECONÓMICO

BOCM-20220916-47

Habiéndose aprobado por Resolución del Órgano de Gestión Tributaria el padrón
correspondiente al impuesto sobre actividades económicas de 2022.
Se establece como plazo de pago en período voluntario del 20 de septiembre de 2022
al 22 de noviembre de 2022 (ambos inclusive), o inmediato día hábil posterior si el último
día es inhábil.
Los citados recibos podrán abonarse en los plazos señalados, en cualquiera de las entidades colaboradoras que figuran en los propios recibos, en su horario de apertura al público, o por cualquiera de los otros métodos de pago que figuran en los mismos.
Haciéndose constar que se notificarán colectivamente los respectivos recibos mediante la publicación de anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así
como a través de edictos que lo adviertan; todo ello, a tenor de lo dispuesto en el artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
Dicho padrón se expondrá al público por un plazo de 15 días, a contar desde el siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a los efectos de reclamaciones por las personas interesadas.
Contra dichos recibos se podrá interponer recurso de reposición en el plazo de un mes,
a contar desde el día siguiente al de la finalización del período de exposición pública del
padrón, ante el Órgano de Gestión Tributaria.
Se advierte de que transcurrido el plazo de ingreso, las deudas serán exigidas por el
procedimiento de apremio y devengarán el recargo ejecutivo correspondiente, las costas del
procedimiento de apremio y, en su caso, los intereses de demora que se produzcan. Insértese en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Alcalá de Henares, a 9 de septiembre de 2022.—El tesorero, titular del Órgano de
Gestión Tributaria, Jaime Álvarez de Toledo Jaén.
(01/17.721/22)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791