Arganda del Rey (BOCM-20220916-48)
Ofertas de empleo. Oferta empleo público
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 180

VIERNES 16 DE SEPTIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 221

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
48

ARGANDA DEL REY
OFERTAS DE EMPLEO

Por resolución número 2022005853 de la concejala-delegada de Hacienda y Régimen
Interior, de fecha de 6 de septiembre de 2022, se aprobó la rectificación de la Oferta Pública de Empleo para la estabilización de empleo temporal de este Ayuntamiento, en el siguiente sentido:
Donde dice:
GRUPO
C1

ESCALA
Administración Especial

SUBESCALA
Servicios especiales / Cometidos
especiales

DENOMINACIÓN
Auxiliar de Bibliioteca

SISTEMA DE
SELECCIÓN
Concurso

Nº DE
VACANTES
1

Debe decir:
GRUPO
C1

ESCALA
Administración Especial

SUBESCALA
Servicios especiales / Cometidos
especiales

DENOMINACIÓN
Auxiliar de Bibliioteca

SISTEMA DE
SELECCIÓN
Concurso

Nº DE
VACANTES
2

BOCM-20220916-48

En cumplimiento del artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; el artículo 70 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer
alternativamente o recurso de reposición potestativo ante la concejala de Hacienda y Régimen Interior, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del
presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el
plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea
resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente
a su derecho.
Arganda del Rey, a 6 de septiembre de 2022.—La concejala-delegada de Hacienda y
Régimen Interior, Ana María Sabugo Marcello.
(03/17.546/22)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791