B) Autoridades y Personal - UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID (BOCM-20220915-18)
Oferta de empleo público –  Resolución de 7 de septiembre de 2022, de la Universidad Complutense de Madrid, por la que se publica la modificación de la Oferta de Empleo Público del Personal de Administración y Servicios, en el marco del proceso de estabilización del personal temporal al amparo de lo establecido en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 15 DE SEPTIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 220

I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal
Universidad Complutense de Madrid
18

RESOLUCIÓN de 7 de septiembre de 2022, de la Universidad Complutense de
Madrid, por la que se publica la modificación de la Oferta de Empleo Público
del Personal de Administración y Servicios, en el marco del proceso de estabilización del personal temporal al amparo de lo establecido en la Ley 20/2021,
de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad
en el empleo público.

Por Resolución de 25 de mayo de 2022, de la Universidad Complutense de Madrid
(BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de mayo de 2022 y BOUC de 2
de junio), se publicó la Oferta de Empleo Público del Personal de Administración y Servicios, en el marco del proceso de estabilización del personal temporal, al amparo de lo establecido en el artículo 2.2 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para
la reducción de la temporalidad en el empleo público, aprobada por Acuerdo de Consejo de
Gobierno de la Universidad Complutense de Madrid de 24 de mayo de 2022.
En la citada Resolución de 25 de mayo de 2022, se condicionaba la Oferta de Empleo
Público a la autorización establecida en el artículo 22.18 de la Ley 4/2021, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2022.
Por otra parte, la Dirección de Costes de Personal del Ministerio de Hacienda y Función Pública, mediante escrito de 14 de junio de 2022, insta a modificar la Oferta de Empleo Público publicada, anulando 3 plazas que no cumplen los requisitos legales exigidos.
Tras la anulación de esas 3 plazas y como consecuencia del Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid de 31 de agosto de 2022, por el que autoriza a la Universidad Complutense la convocatoria como “tasa adicional” dentro del empleo temporal
de 426 plazas de personal de Administración y Servicios, que cumplen los requisitos, en los
términos establecidos en el artículo 2 y disposiciones adicionales sexta y octava de la
Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, se aprueba la siguiente modificación de la Oferta de Empleo del
personal de Administración y Servicios, en el marco del proceso de estabilización del personal temporal al amparo de lo establecido en la citada Ley 20/2021, en lo relativo a:

Por tanto, las plazas de nuevo ingreso del Personal de Administración y Servicios de
la Universidad Complutense de Madrid, en el marco del proceso de estabilización de personal temporal, establecido en la Ley 20/2021, quedarán reflejadas de la forma siguiente,
sin perjuicio de la posibilidad establecida en el artículo 1.8 de la Resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública sobre las orientaciones para la puesta en marcha de los
procesos de estabilización derivados de la Ley 20/2021 que indica que, en el caso de los
procesos de estabilización que se lleven a cabo de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2
de la Ley 20/2021, estas plazas se podrán acumular a los procesos selectivos ordinarios de
reposición en una misma convocatoria.
Madrid, a 7 de septiembre de 2022.—El Rector, Joaquín Goyache Goñi.

BOCM-20220915-18

— Personal funcionario: Se mantienen las 145 plazas (en el área de Biblioteca se incrementa 1 plaza de C2 en el artículo 2.1 y se disminuye dicha plaza de las Disposiciones 6.a y 8.a).
— Personal laboral: Se suprimen 3 plazas, quedando el total global con 281 plazas
(se suprimen 2 plazas de C2, del artículo 2.1 y 1 plaza de C3, también del artículo 2.1). Por otra parte se incrementa 1 plaza de C3 de las Disposiciones 6.a y 8.a y
se disminuye dicha plaza de C3 del artículo 2.1.