D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20220915-32)
Convenio –  Convenio de 31 de agosto de 2022, de Colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, y el Ayuntamiento de Boadilla del Monte para la ejecución de proyectos con cargo a los fondos europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia (S46) Modelo de Atención Social Primaria
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 15 DE SEPTIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 220

comprometido la totalidad del gasto a ejecutar, como máximo, a 31 de diciembre
de 2023.
n) Las entidades locales en el marco de la gestión de los fondos provenientes del Plan
de Recuperación, Transformación y Resiliencia, son consideradas como entidades
ejecutoras a efectos de lo establecido en la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia. En tal caso, deberán tener en cuenta las responsabilidades y obligaciones descritas en la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre y en la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se establece el
procedimiento y formato de la información a proporcionar por las Entidades del
Sector Público Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de
los componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
o) Cumplir con cuantas obligaciones legales y reglamentarias, sean necesarias para
alcanzar el objetivo previsto en cada una de las actuaciones.
2.2. En relación al subproyecto S46: Modelo de Atención Social Primaria (ASP):
a) Realizar una actividad de análisis interno para identificar sus sistemas afectados,
grados de integración y prioridades.
b) Participar en el diseño de un modelo conceptual para definir la Historia Social
Única (en adelante, HSU).
c) Participar en el diseño funcional de la aplicación de Atención Social Primaria, así
como en sus fases de validación, pruebas y puesta en marcha.
d) Colaborar en la definición y desarrollo de acciones piloto, así como en las fases de
implantación, pruebas y puesta en marcha de programas piloto de la HSU.
e) Identificar necesidades de interoperabilidad con otros ámbitos.
f) Identificar necesidades de operativa y de análisis de datos.
g) Participar en la actividad de elaboración de procedimientos técnicos para los aspectos funcionales (no tecnológicos) que den soporte a la HSU.
h) Participar en el diseño de criterios y procedimientos generales para la prestación
de los servicios de la Red de Atención Social Primaria.
i) Participar en la regulación y armonización de los instrumentos técnicos de diagnóstico e intervención.
j) Participar en el diseño de los planes individualizados de intervención social.
k) Participar en la definición de protocolos de coordinación y comunicación entre
sistemas de protección y servicios públicos.
l) Colaborar en la detección de procesos y procedimientos administrativos sustituibles o mejorables mediante instrumentos tecnológicos.
m) Dar apoyo en reorganizaciones funcionales derivadas de la introducción de herramientas tecnológicas de gestión.
n) Participar en actividades de gestión del cambio.
o) Participar en actividades de gestión del Conocimiento.
p) Actividades de publicidad y diseminación de la Historia Social Única.
Las partes se comprometen a realizar cuantas acciones resulten precisas para la correcta y completa ejecución de las actuaciones previstas en este convenio.
Sexta
1. Se constituirá una comisión mixta de seguimiento del convenio compuesta por representantes de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social y representantes de la
entidad local, que analizarán el desarrollo y ejecución del mismo.
Por parte de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, los representantes serán el Director General competente en la materia, o persona en quien delegue, y otras dos
personas nombradas por el citado Director General, que formarán parte de la misma. Al menos una de las personas designadas deberá tener un perfil técnico.
Por parte de las Entidades Locales, en función de la naturaleza de la entidad firmante:
— En el caso de Ayuntamientos, los representantes serán el alcalde o alcaldesa o persona en quien delegue, y otras dos personas designadas por este o esta, preferentemente concejales y funcionarios municipales. Al menos una de las personas designadas deberá tener un perfil técnico.

BOCM-20220915-32

Comisión de seguimiento