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Vías pecuarias –  Resolución de 10 de agosto de 2022, del Director General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se anuncia la exposición pública relativa a la autorización de ocupación temporal de las vías pecuarias Vereda llamada de la Barranca y Caño Nuevo y Cordel de la Espernada, en el término municipal de Brunete, para proyecto de soterramiento de tramo aéreo de las líneas de media tensión 20 kV 3558-12 Abajón y 3558-01 Valdecabañas 1, actuación promovida por I-DE Redes Eléctricas Inteligentes S. A. U. (Expediente de ocupación 552/21)
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 219

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 14 DE SEPTIEMBRE DE 2022

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I. COMUNIDAD DE MADRID

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Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura
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RESOLUCIÓN de 10 de agosto de 2022, del Director General de Agricultura,
Ganadería y Alimentación, por la que se anuncia la exposición pública relativa a
la autorización de ocupación temporal de las vías pecuarias Vereda llamada de
la Barranca y Caño Nuevo y Cordel de la Espernada, en el término municipal de
Brunete, para proyecto de soterramiento de tramo aéreo de las líneas de media
tensión 20 kV 3558-12 Abajón y 3558-01 Valdecabañas 1, actuación promovida
por I-DE Redes Eléctricas Inteligentes S. A. U. (Expediente de ocupación 552/21).

Examinado el expediente 552/21 de ocupación temporal de las vías pecuarias Vereda
llamada de la Barranca y Caño Nuevo y Cordel de la Espernada en el término municipal de
Brunete se desprenden los siguientes:
ANTECEDENTES DE HECHO
Con referencia 10/052994.9/21, tiene entrada en esta Área de Vías Pecuarias, solicitud de
autorización de ocupación de las vías pecuarias Vereda llamada de la Barranca y Caño Nuevo y Cordel de la Espernada en el término municipal de Brunete, para proyecto de soterramiento de tramo aéreo de las líneas de media tensión 20 kV 3558-12 Abajón y 3558-01 Valdecabañas 1, actuación promovida por I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S. A. U.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero
La Ley 8/1998, de 17 de junio, de la Comunidad de Madrid, regula las vías pecuarias
existentes en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, en el marco de la legislación
básica del Estado (Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias).
Segundo
Las ocupaciones temporales de las vías pecuarias están previstas en los artículos 37 y 38 de
la citada Ley 8/1998, donde se recoge que la concesión de estas autorizaciones se someterá al
trámite de información pública por tiempo de un mes.
Esta Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, en base a las competencias atribuidas por el Decreto 42/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la
Comunidad de Madrid y el Decreto 237/2021, de 17 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura,
RESUELVE

Someter al trámite de información pública de un mes, desde el día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID,
el proyecto de ocupación del expediente 552/21, de referencia.
Segundo
Una vez publicada la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID, el proyecto podrá consultarse en el Portal de Transparencia de la Comunidad de
Madrid, en la ruta http://www.comunidad.madrid/transparencia

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