B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20220914-3)
Convocatoria proceso selectivo –  Orden 1767/2022, de 2 de septiembre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se procede a la ampliación del número de plazas correspondientes a las pruebas selectivas del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal del personal laboral para el acceso a plazas de la categoría profesional de Técnico Especialista I, Integrador Social (Grupo III, Nivel 6, Área C) de la Comunidad de Madrid, convocadas mediante Orden 484/2021, de 13 de octubre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 16

MIÉRCOLES 14 DE SEPTIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 219

HA DISPUESTO
Primero
Plazas convocadas
1. Ampliar en ciento veintiocho el número de plazas convocadas por la Orden 484/2021,
de 13 de octubre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID número 269, de 11 de noviembre) y la Orden 945/2022 de 3 de
mayo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, número 124 de 26 de mayo), una vez tomado en consideración lo dispuesto en el artículo 22.5 de la Ley 4/2021, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales
de la Comunidad de Madrid para 2022 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
número 310, de 29 de diciembre), siendo trescientos cuarenta el total de plazas objeto de
esta convocatoria.
2. A las plazas objeto de esta segunda ampliación, les resulta de aplicación lo recogido en el artículo 2.1 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la
reducción de la temporalidad en el empleo (“Boletín Oficial del Estado” número 312, de 29 de
diciembre), no encontrándose incursa en lo establecido en las disposiciones adicionales
sexta y octava de dicha norma.
3. En consecuencia, el presente proceso selectivo convoca las siguientes plazas:
PLAZAS
TURNO
LIBRE

TURNO LIBRE RESERVADAS AL CUPO
DE DISCAPACIDAD

TOTAL

316

24

340

Tercero
Recursos
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas
podrán interponer con carácter potestativo recurso de reposición, en el plazo de un mes,
ante la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, de conformidad con lo dispuesto en los
artículos 123 y 124 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid,
de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ambos plazos contados a partir del día
siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, significándose que en caso de interponer recurso de reposición no se podrá interponer recurso
contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto.
Madrid, a 2 de septiembre de 2022.—La Directora General de Función Pública, por
delegación del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo (Orden de 19 de julio de 2022,
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 1 de agosto de 2022), María José Esteban Raposo.
(01/17.549/22)
http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20220914-3

Segundo
Solicitudes y plazo de presentación
1. Habilitar un nuevo plazo de presentación de solicitudes para participar en el proceso selectivo de referencia de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente al de
la publicación de esta orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión de la persona aspirante.
2. Las personas interesadas que, a la vista de esta ampliación de plazas, deseen participar en las citadas pruebas selectivas, deberán cumplimentar y presentar su solicitud de
conformidad con lo dispuesto en las bases segunda y tercera de la Orden 484/2021, de 13
de octubre, y en las instrucciones de cumplimentación de la solicitud que se contemplan en
el anexo de la citada orden.
3. No será necesario que presenten nueva solicitud de participación en estas pruebas
selectivas aquellas personas aspirantes que, en la forma y en los plazos establecidos en las
Órdenes 484/2021, de 13 de octubre, y 945/2022, de 3 de mayo, ya hayan presentado la correspondiente solicitud de inscripción.