Madrid (BOCM-20220913-55)
Urbanismo. Área de Gobierno de Desarrollo Urbano. Disolución Junta de Compensación
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 206
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 13 DE SEPTIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 218
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
55
MADRID
URBANISMO
Área de Gobierno de Desarrollo Urbano
BOCM-20220913-55
La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en sesión celebrada el día 28 de julio
de 2022 y en el expediente con número de referencia 711/2021/19642, ha adoptado el siguiente acuerdo:
Primero.—Aprobar definitivamente la disolución de la Junta de Compensación Méndez Álvaro Norte I, constituida como entidad urbanística colaboradora para la gestión de la
Unidad de Ejecución 2 del Área de Planeamiento Remitido 02.06 Méndez Álvaro Norte I,
una vez transcurrido el plazo de información pública sin que haya sido presentada alegación
alguna, de conformidad con lo establecido en el artículo 30 del Reglamento de Gestión Urbanística, aprobado por Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto, y en el artículo 10.3 de la
Ley 4/1984, de 10 de febrero, sobre Medidas de Disciplina Urbanística de la Comunidad de
Madrid, que resultan de aplicación, así como los artículos 47 y 48 de los Estatutos de la Junta de Compensación, aprobados por Acuerdo de 14 de diciembre de 2001 de la Comisión
de Gobierno del Ayuntamiento de Madrid.
Segundo.—Dar cuenta a la Administración actuante por parte de quienes ostentan los cargos de liquidadores de las operaciones de liquidación definitiva del saldo final, debiendo justificar documentalmente la práctica de dichas liquidaciones y los abonos correspondientes.
Tercero.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID y en un periódico de los de mayor circulación, con notificación individualizada a
las personas interesadas.
Cuarto.—Elevar el acuerdo a la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la Comunidad de Madrid para su inscripción en el Registro de Entidades Urbanísticas Colaboradoras, de acuerdo con lo establecido en el artículo 164 del Reglamento de Gestión Urbanística aprobado por Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto.
Lo que se publica para general conocimiento, significándose que el referido acuerdo
pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer contra el mismo recurso potestativo
de reposición ante la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en el plazo de un mes, a
contar desde el siguiente a la fecha de publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 112, 123 y 124 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, el Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien, podrá ser impugnado directamente ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la fecha de
publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID,
de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, modificada por la Ley 19/2003, de 23 de diciembre, sin perjuicio de
que pueda utilizar cualquier otro recurso que estime pertinente.
Madrid, a 22 de agosto de 2022.—La directora de la Oficina del Secretario de la Junta
de Gobierno, Carmen Toscano Ramiro.
(02/16.911/22)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 13 DE SEPTIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 218
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
55
MADRID
URBANISMO
Área de Gobierno de Desarrollo Urbano
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La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en sesión celebrada el día 28 de julio
de 2022 y en el expediente con número de referencia 711/2021/19642, ha adoptado el siguiente acuerdo:
Primero.—Aprobar definitivamente la disolución de la Junta de Compensación Méndez Álvaro Norte I, constituida como entidad urbanística colaboradora para la gestión de la
Unidad de Ejecución 2 del Área de Planeamiento Remitido 02.06 Méndez Álvaro Norte I,
una vez transcurrido el plazo de información pública sin que haya sido presentada alegación
alguna, de conformidad con lo establecido en el artículo 30 del Reglamento de Gestión Urbanística, aprobado por Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto, y en el artículo 10.3 de la
Ley 4/1984, de 10 de febrero, sobre Medidas de Disciplina Urbanística de la Comunidad de
Madrid, que resultan de aplicación, así como los artículos 47 y 48 de los Estatutos de la Junta de Compensación, aprobados por Acuerdo de 14 de diciembre de 2001 de la Comisión
de Gobierno del Ayuntamiento de Madrid.
Segundo.—Dar cuenta a la Administración actuante por parte de quienes ostentan los cargos de liquidadores de las operaciones de liquidación definitiva del saldo final, debiendo justificar documentalmente la práctica de dichas liquidaciones y los abonos correspondientes.
Tercero.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID y en un periódico de los de mayor circulación, con notificación individualizada a
las personas interesadas.
Cuarto.—Elevar el acuerdo a la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la Comunidad de Madrid para su inscripción en el Registro de Entidades Urbanísticas Colaboradoras, de acuerdo con lo establecido en el artículo 164 del Reglamento de Gestión Urbanística aprobado por Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto.
Lo que se publica para general conocimiento, significándose que el referido acuerdo
pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer contra el mismo recurso potestativo
de reposición ante la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en el plazo de un mes, a
contar desde el siguiente a la fecha de publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 112, 123 y 124 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, el Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien, podrá ser impugnado directamente ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la fecha de
publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID,
de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, modificada por la Ley 19/2003, de 23 de diciembre, sin perjuicio de
que pueda utilizar cualquier otro recurso que estime pertinente.
Madrid, a 22 de agosto de 2022.—La directora de la Oficina del Secretario de la Junta
de Gobierno, Carmen Toscano Ramiro.
(02/16.911/22)
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