Madrid (BOCM-20220913-54)
Régimen económico. Área de Gobierno de Desarrollo Urbano. Extracto convocatoria subvenciones
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 204
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 13 DE SEPTIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 218
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
54
MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
Área de Gobierno de Desarrollo Urbano
Extracto del Decreto de 2 de septiembre de 2022, del delegado del Área de Gobierno
de Desarrollo Urbano, por el que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones 2022
con destino a actuaciones de rehabilitación de los edificios residenciales en los barrios de
Poblado Dirigido de Orcasitas, Meseta de Orcasitas y Barrio de San Pascual de Madrid,
“Plan Transforma tu Barrio 2022”.
Primero. Objeto.—El fomento y promoción de la realización de actuaciones de accesibilidad, conservación, eficiencia energética y retirada de amianto en edificaciones existentes con uso característico residencial vivienda, en cada uno de los ámbitos delimitados.
Segundo. Beneficiarios y requisitos de los mismos.—Las comunidades de propietarios o las agrupaciones de comunidades de propietarios de edificios residenciales de uso vivienda, constituidas conforme a lo dispuesto por el artículo 5 de la Ley 49/1960, de 21 de
julio, de Propiedad Horizontal. Los propietarios que de forma agrupada sean propietarios
de edificios residenciales de uso vivienda, que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 396 del Código Civil y no hubiesen otorgado el título constitutivo de propiedad horizontal. Los propietarios únicos de edificios residenciales de uso vivienda en categoría unifamiliar. Las sociedades cooperativas compuestas de forma agrupada por propietarios de
viviendas o edificios que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 396 del Código
Civil, así como por los propietarios que conforman comunidades de propietarios o agrupaciones de comunidades de propietarios constituidos conforme a lo dispuesto en el artículo 5
de la Ley 49/1960, de 21 de julio, de Propiedad Horizontal. El/los propietario/s únicos de
edificios de tipología de vivienda colectiva, que ostente/n más de un 60 % de la cuota de
participación de la comunidad, previo compromiso de aportar sus viviendas vacías en el
edificio a alguna de las líneas del Plan Integral de Alquiler Municipal de la Empresa Municipal de Vivienda y Suelo de Madrid, S.A., en la proporción que figura en la convocatoria
y con la cesión mínima de una vivienda.
Tercero. Cuantía.—La cuantía total de la convocatoria asciende a 3.000.000 de euros,
distribuidos en las anualidades 2022 (1.000.000 de euros) y 2023 (2.000.000 de euros).
Las ayudas objeto de esta convocatoria consistirán en un porcentaje sobre el presupuesto protegible, en función del tipo de actuación subvencionable, todo ello de conformidad con lo regulado en el artículo 23 de la convocatoria y en el Anexo de la misma.
Cuarto. Plazo de presentación de solicitudes.—Se establecen un único plazo para la
presentación de las solicitudes de subvención en los términos siguientes: el plazo de presentación de las solicitudes de subvención objeto de esta convocatoria comprenderá el período temporal que se inicia el día siguiente al de la publicación de la misma en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y finalizará el 31 de octubre de 2022.
Quinto. Órganos competentes.—Los órganos competentes para la instrucción y la
resolución del procedimiento regulado en la convocatoria serán respectivamente la Directora General de Vivienda, Rehabilitación y Regeneración y el delegado del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano.
Sexto. Publicación.—El Área de Gobierno de Desarrollo Urbano publicará una relación de las subvenciones concedidas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid
y en el sitio web municipal.
BOCM-20220913-54
BDNS: ID 647156: Meseta de Orcasitas. ID 647160: Poblado Dirigido de Orcasitas.
ID 647163: Barrio de San Pascual
Pág. 204
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 13 DE SEPTIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 218
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
54
MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
Área de Gobierno de Desarrollo Urbano
Extracto del Decreto de 2 de septiembre de 2022, del delegado del Área de Gobierno
de Desarrollo Urbano, por el que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones 2022
con destino a actuaciones de rehabilitación de los edificios residenciales en los barrios de
Poblado Dirigido de Orcasitas, Meseta de Orcasitas y Barrio de San Pascual de Madrid,
“Plan Transforma tu Barrio 2022”.
Primero. Objeto.—El fomento y promoción de la realización de actuaciones de accesibilidad, conservación, eficiencia energética y retirada de amianto en edificaciones existentes con uso característico residencial vivienda, en cada uno de los ámbitos delimitados.
Segundo. Beneficiarios y requisitos de los mismos.—Las comunidades de propietarios o las agrupaciones de comunidades de propietarios de edificios residenciales de uso vivienda, constituidas conforme a lo dispuesto por el artículo 5 de la Ley 49/1960, de 21 de
julio, de Propiedad Horizontal. Los propietarios que de forma agrupada sean propietarios
de edificios residenciales de uso vivienda, que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 396 del Código Civil y no hubiesen otorgado el título constitutivo de propiedad horizontal. Los propietarios únicos de edificios residenciales de uso vivienda en categoría unifamiliar. Las sociedades cooperativas compuestas de forma agrupada por propietarios de
viviendas o edificios que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 396 del Código
Civil, así como por los propietarios que conforman comunidades de propietarios o agrupaciones de comunidades de propietarios constituidos conforme a lo dispuesto en el artículo 5
de la Ley 49/1960, de 21 de julio, de Propiedad Horizontal. El/los propietario/s únicos de
edificios de tipología de vivienda colectiva, que ostente/n más de un 60 % de la cuota de
participación de la comunidad, previo compromiso de aportar sus viviendas vacías en el
edificio a alguna de las líneas del Plan Integral de Alquiler Municipal de la Empresa Municipal de Vivienda y Suelo de Madrid, S.A., en la proporción que figura en la convocatoria
y con la cesión mínima de una vivienda.
Tercero. Cuantía.—La cuantía total de la convocatoria asciende a 3.000.000 de euros,
distribuidos en las anualidades 2022 (1.000.000 de euros) y 2023 (2.000.000 de euros).
Las ayudas objeto de esta convocatoria consistirán en un porcentaje sobre el presupuesto protegible, en función del tipo de actuación subvencionable, todo ello de conformidad con lo regulado en el artículo 23 de la convocatoria y en el Anexo de la misma.
Cuarto. Plazo de presentación de solicitudes.—Se establecen un único plazo para la
presentación de las solicitudes de subvención en los términos siguientes: el plazo de presentación de las solicitudes de subvención objeto de esta convocatoria comprenderá el período temporal que se inicia el día siguiente al de la publicación de la misma en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y finalizará el 31 de octubre de 2022.
Quinto. Órganos competentes.—Los órganos competentes para la instrucción y la
resolución del procedimiento regulado en la convocatoria serán respectivamente la Directora General de Vivienda, Rehabilitación y Regeneración y el delegado del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano.
Sexto. Publicación.—El Área de Gobierno de Desarrollo Urbano publicará una relación de las subvenciones concedidas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid
y en el sitio web municipal.
BOCM-20220913-54
BDNS: ID 647156: Meseta de Orcasitas. ID 647160: Poblado Dirigido de Orcasitas.
ID 647163: Barrio de San Pascual