C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20220913-21)
Delegación competencias – Resolución de 22 de julio de 2022, de la Viceconsejería de Gestión Económica, por la que se delegan determinadas competencias en la Viceconsejería de Asistencia Sanitaria y Salud Pública
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 218
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 13 DE SEPTIEMBRE DE 2022
Pág. 91
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Sanidad
21
RESOLUCIÓN de 22 de julio de 2022, de la Viceconsejería de Gestión Económica, por la que se delegan determinadas competencias en la Viceconsejería de
Asistencia Sanitaria y Salud Pública.
El Decreto 66/2022, de 20 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica el
Decreto 88/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, establece que: “El órgano de dirección del Servicio Madrileño de Salud está integrado por el Director General
de Asistencia Sanitaria y el Director General de Gestión Económica que, a su vez, son los
titulares de la Viceconsejería de Asistencia Sanitaria y Salud Pública y la Viceconsejería de
Gestión Económica, respectivamente”.
El artículo 9.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, establece que: “Los órganos de las diferentes Administraciones Públicas podrán delegar el ejercicio de las competencias que tengan atribuidas en otros órganos de la misma
Administración, aun cuando no sean jerárquicamente dependientes...”.
La complejidad organizativa del Servicio Madrileño de Salud, el volumen de actos, resoluciones y otros negocios jurídicos que adoptan estos titulares cotidianamente, así como el alcance e importancia de la gestión de la prestación de asistencia sanitaria que este ente público
tiene encomendada, aconsejan delegar algunas competencias del Director General de Gestión
Económica y Viceconsejero de Gestión Económica en el Director General de Asistencia Sanitaria y Viceconsejero de Asistencia Sanitaria y Salud Pública, en tanto no se adecúen las estructuras orgánica y presupuestaria vigentes a la nueva organización administrativa.
En su virtud,
RESUELVO
Primero
Delegar en la persona titular de la Dirección General de Asistencia Sanitaria y Viceconsejería de Asistencia Sanitaria y Salud Pública el ejercicio de las competencias que el
Decreto 66/2022, de 20 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica el Decreto 88/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica la estructura
orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid atribuye a la persona titular
de la Dirección General de Gestión Económica y Viceconsejería de Gestión Económica, exceptuando las correspondientes en relación con la Dirección General de Gestión EconómicoFinanciera y Farmacia.
Segundo
Esta delegación no afectará a lo dispuesto en la Orden 440/2022, de 28 de marzo, de
la Consejería de Sanidad, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias
(BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 78, de 1 de abril de 2022).
En las resoluciones y actos que se dicten por delegación se indicará expresamente esta
circunstancia y se especificará el órgano titular de la competencia y el órgano que la ejerce
por delegación.
Cuarto
La presente Resolución tendrá efectos desde el día siguiente al de su firma.
Madrid, a 22 de julio de 2022.—El Viconsejero de Gestión Económica, Pedro Alejo
Irigoyen Barja.
(03/17.203/22)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20220913-21
Tercero
B.O.C.M. Núm. 218
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 13 DE SEPTIEMBRE DE 2022
Pág. 91
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Sanidad
21
RESOLUCIÓN de 22 de julio de 2022, de la Viceconsejería de Gestión Económica, por la que se delegan determinadas competencias en la Viceconsejería de
Asistencia Sanitaria y Salud Pública.
El Decreto 66/2022, de 20 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica el
Decreto 88/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, establece que: “El órgano de dirección del Servicio Madrileño de Salud está integrado por el Director General
de Asistencia Sanitaria y el Director General de Gestión Económica que, a su vez, son los
titulares de la Viceconsejería de Asistencia Sanitaria y Salud Pública y la Viceconsejería de
Gestión Económica, respectivamente”.
El artículo 9.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, establece que: “Los órganos de las diferentes Administraciones Públicas podrán delegar el ejercicio de las competencias que tengan atribuidas en otros órganos de la misma
Administración, aun cuando no sean jerárquicamente dependientes...”.
La complejidad organizativa del Servicio Madrileño de Salud, el volumen de actos, resoluciones y otros negocios jurídicos que adoptan estos titulares cotidianamente, así como el alcance e importancia de la gestión de la prestación de asistencia sanitaria que este ente público
tiene encomendada, aconsejan delegar algunas competencias del Director General de Gestión
Económica y Viceconsejero de Gestión Económica en el Director General de Asistencia Sanitaria y Viceconsejero de Asistencia Sanitaria y Salud Pública, en tanto no se adecúen las estructuras orgánica y presupuestaria vigentes a la nueva organización administrativa.
En su virtud,
RESUELVO
Primero
Delegar en la persona titular de la Dirección General de Asistencia Sanitaria y Viceconsejería de Asistencia Sanitaria y Salud Pública el ejercicio de las competencias que el
Decreto 66/2022, de 20 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica el Decreto 88/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica la estructura
orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid atribuye a la persona titular
de la Dirección General de Gestión Económica y Viceconsejería de Gestión Económica, exceptuando las correspondientes en relación con la Dirección General de Gestión EconómicoFinanciera y Farmacia.
Segundo
Esta delegación no afectará a lo dispuesto en la Orden 440/2022, de 28 de marzo, de
la Consejería de Sanidad, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias
(BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 78, de 1 de abril de 2022).
En las resoluciones y actos que se dicten por delegación se indicará expresamente esta
circunstancia y se especificará el órgano titular de la competencia y el órgano que la ejerce
por delegación.
Cuarto
La presente Resolución tendrá efectos desde el día siguiente al de su firma.
Madrid, a 22 de julio de 2022.—El Viconsejero de Gestión Económica, Pedro Alejo
Irigoyen Barja.
(03/17.203/22)
http://www.bocm.es
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ISSN 1989-4791
BOCM-20220913-21
Tercero