D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20220913-35)
Convenio – Convenio de 30 de agosto de 2022, entre la Comunidad de Madrid y la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid, para la impartición de un título de posgrado universitario en igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, para el año 2022 cofinanciado por el FSE en el P. O. 2014-2020 de la Comunidad de Madrid
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BOCM
Pág. 134
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 13 DE SEPTIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 218
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Familia, Juventud y Política Social
35
CONVENIO de 30 de agosto de 2022, entre la Comunidad de Madrid y la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid, para la impartición de un título de posgrado universitario en igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, para el
año 2022 cofinanciado por el FSE en el P. O. 2014-2020 de la Comunidad de
Madrid.
Madrid, a 30 de agosto de 2022.
REUNIDOS
De una parte, la Excma. Sra. Doña María Concepción Dancausa Treviño, Consejera de
Familia, Juventud y Política Social de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante Decreto 47/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, actuando en virtud
de las competencias que le otorga el artículo 41 a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de
Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid y 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10
de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
De otra, D. Javier Ramos López, Rector Magnífico de la Universidad Rey Juan Carlos,
nombrado por Decreto 59/2021, de 7 de abril, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de
Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 83, de 8 de abril de 2021),
en nombre y representación de la misma, según las competencias que tiene atribuidas por el
artículo 20 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades y por los Estatutos de la citada Universidad, aprobados por Decreto 22/2003, de 27 de febrero, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID número 54, de 5 de marzo de 2003), y modificados por Decreto 28/2010, de 20 de
mayo, del citado Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
número 137, de 10 de junio de 2010), domiciliada en Móstoles (Madrid), CP 28933, calle
Tulipán, s/n, y con CIF: Q2803011B.
Las partes intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas y se reconocen capacidad y representación suficiente para suscribir el presente Convenio y, a tal fin,
MANIFIESTAN
Primero
El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, aprobado por la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, en su artículo 26.1.25 establece como competencia exclusiva
de la Comunidad de Madrid la promoción de la Igualdad respecto a la mujer que garantice
su participación libre y eficaz en el desarrollo político, social, económico y cultural, que se
desarrollan a través de la Consejería con competencias en materia de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres de la Comunidad de Madrid.
Por su parte la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, atribuye
a las mismas en el artículo 1 la realización del servicio público de la educación superior mediante la docencia, fijando como algunas de sus funciones la preparación para el ejercicio
de actividades profesionales que exijan la aplicación de conocimientos y métodos científicos y para la creación artística, así como la difusión del conocimiento y la cultura a través
de la extensión universitaria y la formación a lo largo de toda la vida.
Asimismo, el artículo 2 de la citada Ley atribuye a las Universidades, dentro de su
autonomía, la elaboración y aprobación de planes de estudio e investigación y de enseñanzas específicas de formación a lo largo de toda la vida.
BOCM-20220913-35
Segundo
Pág. 134
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 13 DE SEPTIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 218
I. COMUNIDAD DE MADRID
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Consejería de Familia, Juventud y Política Social
35
CONVENIO de 30 de agosto de 2022, entre la Comunidad de Madrid y la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid, para la impartición de un título de posgrado universitario en igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, para el
año 2022 cofinanciado por el FSE en el P. O. 2014-2020 de la Comunidad de
Madrid.
Madrid, a 30 de agosto de 2022.
REUNIDOS
De una parte, la Excma. Sra. Doña María Concepción Dancausa Treviño, Consejera de
Familia, Juventud y Política Social de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante Decreto 47/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, actuando en virtud
de las competencias que le otorga el artículo 41 a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de
Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid y 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10
de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
De otra, D. Javier Ramos López, Rector Magnífico de la Universidad Rey Juan Carlos,
nombrado por Decreto 59/2021, de 7 de abril, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de
Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 83, de 8 de abril de 2021),
en nombre y representación de la misma, según las competencias que tiene atribuidas por el
artículo 20 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades y por los Estatutos de la citada Universidad, aprobados por Decreto 22/2003, de 27 de febrero, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID número 54, de 5 de marzo de 2003), y modificados por Decreto 28/2010, de 20 de
mayo, del citado Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
número 137, de 10 de junio de 2010), domiciliada en Móstoles (Madrid), CP 28933, calle
Tulipán, s/n, y con CIF: Q2803011B.
Las partes intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas y se reconocen capacidad y representación suficiente para suscribir el presente Convenio y, a tal fin,
MANIFIESTAN
Primero
El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, aprobado por la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, en su artículo 26.1.25 establece como competencia exclusiva
de la Comunidad de Madrid la promoción de la Igualdad respecto a la mujer que garantice
su participación libre y eficaz en el desarrollo político, social, económico y cultural, que se
desarrollan a través de la Consejería con competencias en materia de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres de la Comunidad de Madrid.
Por su parte la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, atribuye
a las mismas en el artículo 1 la realización del servicio público de la educación superior mediante la docencia, fijando como algunas de sus funciones la preparación para el ejercicio
de actividades profesionales que exijan la aplicación de conocimientos y métodos científicos y para la creación artística, así como la difusión del conocimiento y la cultura a través
de la extensión universitaria y la formación a lo largo de toda la vida.
Asimismo, el artículo 2 de la citada Ley atribuye a las Universidades, dentro de su
autonomía, la elaboración y aprobación de planes de estudio e investigación y de enseñanzas específicas de formación a lo largo de toda la vida.
BOCM-20220913-35
Segundo