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Convenio –  Convenio de 6 de agosto de 2022, entre la Comunidad de Madrid y la Agencia de Colocación Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes, para la información, orientación y apoyo en la inscripción en el procedimiento de evaluación y acreditación de competencias profesionales adquiridas a traves de la experiencia laboral y/o vías no formales de formación en el ámbito de la Comunidad de Madrid en el marco del componente 20 “Plan Estratégico de Impulso de la Formación Profesional”, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea – NextgenerationEU
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 10 DE SEPTIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 216

Únicamente podrán ser objeto de financiación aquellas actuaciones que se realicen entre el
período de vigencia del convenio.
3. El convenio por importe máximo de 7.200 euros se financiará con cargo a la partida 22802 del programa vigente 241A, del centro gestor 200170000 de los Presupuestos
Generales de la Comunidad de Madrid, actuación financiada por el Ministerio de Educación y Formación Profesional a través del Plan de Modernización de la Formación Profesional en el marco del componente 20 del “Plan estratégico de impulso de la Formación
Profesional”, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (MRR) financiado
por la Unión Europea Next GenerationEU quedando, en cualquier caso, condicionada la
realización del misma a la existencia de crédito adecuado y suficiente.
Quinta
Justificación de las actuaciones realizadas y pago
1. La justificación de las actuaciones se realizará mediante la presentación de una Memoria explicativa de las actividades/actuaciones desarrolladas en cada período del convenio en ejecución, a la que se acompañará un listado de personas que han sido informadas y orientadas, junto con la declaración responsable firmada por la persona y sellada por la entidad según modelo
recogido en el Anexo I o documento equivalente, una vez comprobada la inscripción del candidato en el procedimiento y al justificante de presentación de la solicitud firmada por la persona
que ha sido informada y orientada por el Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes.
2. La documentación justificativa se presentará dentro de los 10 días naturales siguientes de cada período bimensual natural a contar desde el mes correspondiente a la fecha de vigencia del convenio, salvo que el último período sea inferior, en cuyo caso se presentará dentro de los 10 días siguientes al mes en que finalice el convenio.
3. El pago se realizará una vez presentada y comprobada la documentación señalada
en el punto anterior, para cada uno de los períodos indicados.
4. El Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes se responsabilizará de la veracidad de los documentos de justificación que presenten a la Comunidad de Madrid establecida en el anterior apartado 1, estando obligada a la conservación de los documentos de conformidad con lo establecido en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación
y Resiliencia, quedando sometida a las actuaciones de verificación, seguimiento y control
de la Consejería y al Plan de Medidas Antifraude aprobado por el Consejo de Gobierno de 29
de diciembre de 2021, y sometido a los controles de la Comisión Europea, la oficina de lucha
antifraude, el Tribunal de Cuentas Europeo y la fiscalía europea y al derecho de estos organismos al acceso a la información sobre el convenio.
5. Toda la documentación deberá contener tanto en su encabezamiento, como en su
cuerpo de desarrollo, la referencia “Plan de Recuperación, Transformación y Resilencia financiado por la Unión Europea – Next Generation”. Asimismo, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 132 del Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo
y del Consejo de 18 de julio de 2018 sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión, se conservarán los documentos justificativos, los datos estadísticos
y demás documentación, concerniente a la financiación, así como los registros y documentos en formato electrónico, durante un período de cinco años a partir del pago del saldo o,
a falta de dicho pago, de la operación. Este período será de tres años si la financiación es de
un importe inferior o igual a 60.000 euros.
6. El Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes deberá estar dado de alta en el sistema de notificaciones electrónicas de la Comunidad de Madrid.
Sexta
Con objeto de resarcirse de los posibles daños producidos como consecuencia del incumplimiento de las condiciones previstas en el Convenio, y de acuerdo con lo establecido
en el Capítulo VI de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se fija la siguiente indemnización:
— Un diez por ciento del pago correspondiente al período de justificación, en caso de
incumplir el plazo de entrega de la documentación prevista en la cláusula 5.
La Comunidad de Madrid, a través de la Dirección General de Formación como órgano instructor de procedimiento, notificará a través del sistema de notificaciones electróni-

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Incumplimiento de compromisos y obligaciones. Consecuencias e indemnizaciones