B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20220907-2)
Puestos singulares docentes – Orden de 26 de agosto de 2022, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se adecuan puestos singulares docentes al Decreto 60/2022, de 3 de julio, del Consejo de Gobierno por el que se crea el Instituto Superior Madrileño de Innovación Educativa y se establece el régimen jurídico y la estructura de la red de formación permanente del profesorado de la Comunidad de Madrid
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 213
MIÉRCOLES 7 DE SEPTIEMBRE DE 2022
Pág. 15
I. COMUNIDAD DE MADRID
B) Autoridades y Personal
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
2
ORDEN de 26 de agosto de 2022, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se adecuan puestos singulares docentes al Decreto 60/2022, de 3 de
julio, del Consejo de Gobierno por el que se crea el Instituto Superior Madrileño de Innovación Educativa y se establece el régimen jurídico y la estructura de
la red de formación permanente del profesorado de la Comunidad de Madrid.
Mediante Decreto 60/2022, de 13 de julio, del Consejo de Gobierno, se crea el Instituto Superior Madrileño de Innovación Educativa y se establece el régimen jurídico y la estructura de la red de formación permanente del profesorado de la Comunidad de Madrid,
que servirá de apoyo al mencionado Instituto.
En los capítulos II a V del Decreto se establecen los objetivos, funciones, estructura y
equipo directivo del Instituto Madrileño de Innovación Educativa y de los diferentes centros que constituyen la red de centros de formación permanente del profesorado de la Comunidad: Centros Territoriales de Innovación y Formación, Centros de Formación Ambiental y Centro de Formación para Intercambios Internacionales.
El Decreto 60/2022 deroga el anterior Decreto 73/2008, de 3 de julio, del Consejo de
Gobierno, por el que se regulaba el régimen jurídico y la estructura de la red de formación
permanente del profesorado de la Comunidad de Madrid, y el Decreto 5/2001, de 18 de enero, por el que se crean los Centros de Formación Ambiental.
Por otra parte, en virtud de la Orden de la Consejería de Economía y Hacienda de 25 de
septiembre de 2008, se adecuaban los puestos singulares docentes al Decreto 73/2008,
de 3 de julio, del Consejo de Gobierno.
A la vista de todo ello y tras la entrada en vigor del Decreto 60/2022, de 13 de julio,
por el que se crea el Instituto Superior Madrileño de Innovación Educativa y se establece el
régimen jurídico y la estructura de la red de formación permanente del profesorado de la
Comunidad, se hace necesario la creación de puestos singulares acordes con la estructura
de la nueva red de formación, y en atención a las funciones que tienen encomendadas, la
asignación de un componente singular del complemento específico, así como la supresión
de diferentes puestos singulares como consecuencia de la derogación del Decreto 73/2008.
En la elaboración de la presente Orden se han tenido en cuenta los principios de buena regulación, exigidos por el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: necesidad, eficacia,
proporcionalidad, seguridad jurídica y eficiencia.
En su virtud, a propuesta de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, y de conformidad con lo establecido en los artículos 7.2.c) y 8.2.m) de la Ley 1/1986,
de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid, y en uso de las competencias atribuidas por los artículos 1.c) 1 y 2.b) 14 del Decreto 74/1988, de 23 de junio, por
el que se atribuyen competencias entre los Órganos de la Administración de la Comunidad,
de sus Organismos Autónomos, Órganos de Gestión y empresas públicas en materia de personal, y previo informe de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de
Economía, Hacienda y Empleo,
Artículo 1
Creación de puestos de trabajo docentes singulares
Se crean los siguientes puestos singulares de los centros que integran la red de formación de la Comunidad de Madrid, a los que se les asigna el importe del componente singular del complemento específico que se señala a continuación.
BOCM-20220907-2
DISPONGO
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B.O.C.M. Núm. 213
MIÉRCOLES 7 DE SEPTIEMBRE DE 2022
Pág. 15
I. COMUNIDAD DE MADRID
B) Autoridades y Personal
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
2
ORDEN de 26 de agosto de 2022, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se adecuan puestos singulares docentes al Decreto 60/2022, de 3 de
julio, del Consejo de Gobierno por el que se crea el Instituto Superior Madrileño de Innovación Educativa y se establece el régimen jurídico y la estructura de
la red de formación permanente del profesorado de la Comunidad de Madrid.
Mediante Decreto 60/2022, de 13 de julio, del Consejo de Gobierno, se crea el Instituto Superior Madrileño de Innovación Educativa y se establece el régimen jurídico y la estructura de la red de formación permanente del profesorado de la Comunidad de Madrid,
que servirá de apoyo al mencionado Instituto.
En los capítulos II a V del Decreto se establecen los objetivos, funciones, estructura y
equipo directivo del Instituto Madrileño de Innovación Educativa y de los diferentes centros que constituyen la red de centros de formación permanente del profesorado de la Comunidad: Centros Territoriales de Innovación y Formación, Centros de Formación Ambiental y Centro de Formación para Intercambios Internacionales.
El Decreto 60/2022 deroga el anterior Decreto 73/2008, de 3 de julio, del Consejo de
Gobierno, por el que se regulaba el régimen jurídico y la estructura de la red de formación
permanente del profesorado de la Comunidad de Madrid, y el Decreto 5/2001, de 18 de enero, por el que se crean los Centros de Formación Ambiental.
Por otra parte, en virtud de la Orden de la Consejería de Economía y Hacienda de 25 de
septiembre de 2008, se adecuaban los puestos singulares docentes al Decreto 73/2008,
de 3 de julio, del Consejo de Gobierno.
A la vista de todo ello y tras la entrada en vigor del Decreto 60/2022, de 13 de julio,
por el que se crea el Instituto Superior Madrileño de Innovación Educativa y se establece el
régimen jurídico y la estructura de la red de formación permanente del profesorado de la
Comunidad, se hace necesario la creación de puestos singulares acordes con la estructura
de la nueva red de formación, y en atención a las funciones que tienen encomendadas, la
asignación de un componente singular del complemento específico, así como la supresión
de diferentes puestos singulares como consecuencia de la derogación del Decreto 73/2008.
En la elaboración de la presente Orden se han tenido en cuenta los principios de buena regulación, exigidos por el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: necesidad, eficacia,
proporcionalidad, seguridad jurídica y eficiencia.
En su virtud, a propuesta de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, y de conformidad con lo establecido en los artículos 7.2.c) y 8.2.m) de la Ley 1/1986,
de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid, y en uso de las competencias atribuidas por los artículos 1.c) 1 y 2.b) 14 del Decreto 74/1988, de 23 de junio, por
el que se atribuyen competencias entre los Órganos de la Administración de la Comunidad,
de sus Organismos Autónomos, Órganos de Gestión y empresas públicas en materia de personal, y previo informe de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de
Economía, Hacienda y Empleo,
Artículo 1
Creación de puestos de trabajo docentes singulares
Se crean los siguientes puestos singulares de los centros que integran la red de formación de la Comunidad de Madrid, a los que se les asigna el importe del componente singular del complemento específico que se señala a continuación.
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