D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20220907-25)
Convenio – Convenio de 25 de agosto de 2022, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura) y el Ayuntamiento de Navalafuente, para la adhesión de información relativa a su patrimonio de suelo disponible al Portal de Suelo de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 213
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 7 DE SEPTIEMBRE DE 2022
Pág. 87
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura
25
CONVENIO de 25 de agosto de 2022, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura) y el Ayuntamiento de Navalafuente, para la adhesión de información relativa a su patrimonio de suelo disponible al Portal de Suelo de la Comunidad de Madrid.
En Madrid, 25 de agosto de 2022.
REUNIDOS
De una parte, don José Ignacio Tejerina Alfaro, Secretario General Técnico de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, en virtud del Decreto 121/2021, de 30
de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se dispone su nombramiento (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 155, de 1 de julio de 2021), actuando conforme a las atribuciones que le confiere la Orden 369/2022, de 24 de febrero, por la que se
delega el ejercicio de determinadas competencias y la firma de convenios, se desconcentra
el protectorado de fundaciones y se designa con carácter permanente a los miembros de las
mesas de contratación de la Consejería.
De otra parte, don Miguel Méndez Martiáñez, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de
Navalafuente, elegido por el Pleno de la Corporación en fecha 15 de junio de 2019, actuando
en nombre y representación de dicha Corporación Municipal en virtud de las competencias
que le otorga la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Reconociéndose ambas partes capacidad legal para suscribir el presente convenio,
EXPONEN
Primero
De conformidad con lo establecido en el artículo 26.1.4 de la Ley Orgánica 3/1983,
de 25 de febrero, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, corresponde a la
Comunidad de Madrid la competencia exclusiva en materia de ordenación del territorio, urbanismo y vivienda.
La Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en su artículo 7,
apartados 3 y 4, hace referencia a la actividad de incidencia en el mercado inmobiliario
como potestad administrativa, cuyo ejercicio corresponde a la Administración urbanística
competente y que comprende la facultad de constituir y administrar patrimonios públicos
de suelo.
Asimismo en atención a lo previsto en el artículo 15.2.c) del Decreto 237/2021, de 17
de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la
Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, esta Consejería, a través de su Dirección General de Suelo, es competente, en materia de suelo, para el diseño, modificación,
mantenimiento y actualización del sistema de información general de suelos disponibles de
la Comunidad de Madrid, a través de su Portal de Suelo.
El Ayuntamiento de Navalafuente ostenta las competencias recogidas en el artículo 25
de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y las determinadas en los artículos 173 y siguientes de la referida Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo
de la Comunidad de Madrid.
Tercero
El Portal de Suelo de la Comunidad de Madrid (en adelante el Portal) es una herramienta informática integrada en la web comunidad.madrid que se encuentra en funciona-
BOCM-20220907-25
Segundo
B.O.C.M. Núm. 213
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 7 DE SEPTIEMBRE DE 2022
Pág. 87
I. COMUNIDAD DE MADRID
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Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura
25
CONVENIO de 25 de agosto de 2022, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura) y el Ayuntamiento de Navalafuente, para la adhesión de información relativa a su patrimonio de suelo disponible al Portal de Suelo de la Comunidad de Madrid.
En Madrid, 25 de agosto de 2022.
REUNIDOS
De una parte, don José Ignacio Tejerina Alfaro, Secretario General Técnico de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, en virtud del Decreto 121/2021, de 30
de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se dispone su nombramiento (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 155, de 1 de julio de 2021), actuando conforme a las atribuciones que le confiere la Orden 369/2022, de 24 de febrero, por la que se
delega el ejercicio de determinadas competencias y la firma de convenios, se desconcentra
el protectorado de fundaciones y se designa con carácter permanente a los miembros de las
mesas de contratación de la Consejería.
De otra parte, don Miguel Méndez Martiáñez, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de
Navalafuente, elegido por el Pleno de la Corporación en fecha 15 de junio de 2019, actuando
en nombre y representación de dicha Corporación Municipal en virtud de las competencias
que le otorga la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Reconociéndose ambas partes capacidad legal para suscribir el presente convenio,
EXPONEN
Primero
De conformidad con lo establecido en el artículo 26.1.4 de la Ley Orgánica 3/1983,
de 25 de febrero, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, corresponde a la
Comunidad de Madrid la competencia exclusiva en materia de ordenación del territorio, urbanismo y vivienda.
La Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en su artículo 7,
apartados 3 y 4, hace referencia a la actividad de incidencia en el mercado inmobiliario
como potestad administrativa, cuyo ejercicio corresponde a la Administración urbanística
competente y que comprende la facultad de constituir y administrar patrimonios públicos
de suelo.
Asimismo en atención a lo previsto en el artículo 15.2.c) del Decreto 237/2021, de 17
de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la
Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, esta Consejería, a través de su Dirección General de Suelo, es competente, en materia de suelo, para el diseño, modificación,
mantenimiento y actualización del sistema de información general de suelos disponibles de
la Comunidad de Madrid, a través de su Portal de Suelo.
El Ayuntamiento de Navalafuente ostenta las competencias recogidas en el artículo 25
de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y las determinadas en los artículos 173 y siguientes de la referida Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo
de la Comunidad de Madrid.
Tercero
El Portal de Suelo de la Comunidad de Madrid (en adelante el Portal) es una herramienta informática integrada en la web comunidad.madrid que se encuentra en funciona-
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Segundo