C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20220907-17)
Bien de interés cultural –  Decreto 96/2022, de 31 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se declara Bien de Interés Cultural de la Comunidad de Madrid, en la categoría de Monumento, la Casa Carvajal, en Pozuelo de Alarcón (Madrid)
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 213

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 7 DE SEPTIEMBRE DE 2022

Pág. 65

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
DECRETO 96/2022, de 31 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se declara Bien de Interés Cultural de la Comunidad de Madrid, en la categoría de
Monumento, la Casa Carvajal, en Pozuelo de Alarcón (Madrid).

Con base en la propuesta técnica emitida por el Área de Catalogación de Bienes Culturales; de conformidad con lo establecido en el artículo 7 y concordantes de la Ley 3/2013,
de 18 de junio, de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid; visto que la Casa Carvajal, en Pozuelo de Alarcón (Madrid), es considerada uno de los mejores ejemplos de arquitectura racionalista y brutalista española de los años sesenta, diseñada por Javier Carvajal Ferrer, arquitecto fundamental en la segunda mitad del siglo XX, que modernizó la
arquitectura española, por la que fue premiado en 1969 con el Fritz Schumacher a la mejor
Arquitectura de Europa; la Dirección General de Patrimonio Cultural, mediante Resolución
de 22 de noviembre de 2021 (Corrección de errores de 16 de diciembre de 2021), incoa expediente de declaración como Bien de Interés Cultural del citado bien.
En cumplimiento de la Resolución de incoación de expediente como Bien de Interés
Cultural, se notifica a los interesados, a los efectos procedentes, al Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón, interesándole su exhibición en su tablón de anuncios por el plazo de un mes,
y se solicita informe a la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando y el Colegio Oficial de Arquitectos de Madrid.
Igualmente, se abre un período de información pública por plazo de un mes, a contar
desde el día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID (13 de diciembre de 2021; Corrección de errores de 5 de enero de 2022), y se concede audiencia por el mismo plazo a los interesados, al Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón y al Consejo Regional de Patrimonio Histórico, a fin de que cualquier interesado pueda examinar el expediente y presentar las alegaciones que estime oportunas.
Asimismo, se notifica al Registro General de Bienes de Interés Cultural del Ministerio
de Cultura y Deporte y al Registro de Bienes de Interés Cultural de la Comunidad de Madrid,
quedando anotado preventivamente en los respectivos registros con los códigos 30330 y
RBIC-2021-000008.
En el expediente se han cumplimentado todos los trámites previstos de conformidad
con lo establecido en el artículo 7 y concordantes de la Ley 3/2013, de 18 de junio, de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid.
El Pleno del Consejo Regional de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid,
en el trámite de audiencia concedido, en sesión celebrada el 15 de diciembre de 2021, muestra su conformidad por unanimidad de sus miembros, con la resolución de la Directora General de Patrimonio Cultural de 22 de noviembre de 2021 por la que se incoa expediente de
declaración de Bien de Interés Cultural, en la categoría de Monumento, de la Casa Carvajal, en Pozuelo de Alarcón (Madrid).
No figura que la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando ni el Colegio Oficial
de Arquitectos de Madrid hayan emitido informe por lo que de conformidad con el artículo 7.3 de la Ley 3/2013, de 8 de junio, el mismo se entiende en sentido favorable a la declaración como Bien de Interés Cultural.
Se reciben dos escritos de alegaciones que son estudiados, informados, incorporados al
expediente y contestados en sentido desestimatorio, procediéndose, no obstante, a tenor de sus
conclusiones, a actualizar el texto del anexo conforme a las comprobaciones realizadas.
Por todo ello, se reitera la propuesta técnica inicial con las modificaciones y ajustes en
el texto correspondiente a la descripción del bien derivadas de la visita técnica realizada y
del análisis de documentación suplementaria incorporada al expediente. Asimismo, a tenor
de una discrepancia entre el texto y el plano, se modifica el entorno de protección, notificándose este hecho a los interesados.
En su virtud, de acuerdo con lo establecido en la Ley 3/2013, de 18 de junio, de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid, y en el artículo 1.3 Ley 16/1985, de 25 de junio, de Patrimonio Histórico Español, el Consejo de Gobierno, a propuesta de la Conseje-

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