A) Disposiciones Generales - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20220906-2)
Disolución empresa pública –  Acuerdo de 13 de julio de 2022, del Consejo de Gobierno, por el que se autoriza la disolución de la empresa pública con forma de sociedad mercantil Ocio y Deporte Canal, S. L. U.
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 6 DE SEPTIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 212

I. COMUNIDAD DE MADRID

A) Disposiciones Generales
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
2

ACUERDO de 13 de julio de 2022, del Consejo de Gobierno, por el que se autoriza la disolución de la empresa pública con forma de sociedad mercantil Ocio
y Deporte Canal, S. L. U.

Ocio y Deporte Canal, S. L. U., es una empresa pública con forma de sociedad mercantil de las previstas en los artículos 2.2.c).1) de la Ley 1/1984, de 19 de enero, Reguladora de la Administración Institucional de la Comunidad de Madrid y 5.1.a) de la Ley 9/1990,
de 8 de noviembre, reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid.
El capital social de Ocio y Deporte Canal, S. L. U., pertenece íntegramente a Canal Isabel II, S. A.
Durante la totalidad del período de actividad de Ocio y Deporte Canal, S. L. U., esta
sociedad se ha encargado, como única actividad, de la gestión y explotación de las instalaciones deportivas ubicadas sobre la cubierta del Tercer Depósito de Canal de Isabel II, en
la calle Islas Filipinas, Madrid, así como de la gestión de la escuela de atletismo de Canal
de Isabel II. Dichas actividades han venido desarrollándose en virtud de sucesivos encargos a medio propio efectuados por Canal de Isabel II, S. A., a favor de Ocio y Deporte Canal, S. L. U., el último de ellos, el Encargo 7/2019, para la “Gestión y explotación de las
instalaciones deportivas de Canal de Isabel II, S. A., tercer depósito y de la escuela de atletismo” que fue suscrito en fecha de 24 de febrero de 2019 y que venció el pasado 23 de febrero de 2022.
Tras la finalización del Encargo 7/2019, Ocio y Deporte Canal ha devuelto el uso, gestión y explotación de las citadas instalaciones deportivas a Canal de Isabel II, S. A. Como
consecuencia de lo anterior, en la actualidad Ocio y Deporte Canal, S. L. U., no desarrolla
ninguna actividad. Tampoco dispone de ningún trabajador, puesto que los empleados que tenía esa sociedad pasaron a prestar sus servicios a Canal de Isabel II, S. A., como trabajadores de esta sociedad, desde el día 24 de febrero de 2022. Asimismo, Canal de Isabel II, S. A.,
se ha subrogado en la totalidad de los contratos celebrados por Ocio y Deporte Canal, con
terceras empresas, necesarios para la prestación de los servicios objeto del Encargo 7/2019.
Por ello, en fecha de 31 de marzo de 2022, el Consejo de Administración de Canal de
Isabel II, S. A., previo informe favorable de la Comisión de Auditoría, acordó “Iniciar las actuaciones y operaciones necesarias tendentes a la disolución y liquidación de Ocio y Deporte Canal, S. L. U., sociedad participada en un 100 por 100 por Canal de Isabel II, S. A (…)”.
Según se infiere del artículo 64.1 de la Ley 1/1984, de 19 de enero, reguladora de la
Administración Institucional de la Comunidad de Madrid, la disolución debe ser autorizada por el Consejo de Gobierno.
A tal efecto se ha tramitado el correspondiente expediente administrativo habiéndose
evacuado los correspondientes informes de la Dirección General de Patrimonio y Contratación y de la Dirección General de Presupuestos.
Conforme a ello, al amparo del artículo 64.1 de la Ley 1/1984, de 19 de enero, reguladora de la Administración Institucional de la Comunidad de Madrid, a solicitud de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura y a propuesta de la Consejería de Hacienda y Función Pública, el Consejo de Gobierno, previa deliberación, en su reunión del
día 13 de julio de 2022,

Primero
Autorizar la disolución de Ocio y Deporte Canal, S. L. U., en los términos establecidos en el Acuerdo del Consejo de Administración de la empresa pública Canal de Isabel II,
S. A., de 31 de marzo de 2022.

BOCM-20220906-2

ACUERDA