D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20220906-17)
Convenio –  Convenio de colaboración de 25 de agosto de 2022, entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón, por el que se determinan las condiciones de gestión del área de regeneración y renovación urbana y rural denominada “Cascos histórico y estación”, en el municipio de Pozuelo de Alarcón, en el marco del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021
17 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 212

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 6 DE SEPTIEMBRE DE 2022

Pág. 65

Dado el carácter público de las entidades subvencionadas, y al amparo de lo previsto
en el artículo 72.3 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento
de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, no será necesaria la presentación de facturas. La
documentación a presentar consistirá en una relación de los gastos realizados y certificación del responsable del departamento económico del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón haciendo constar el coste total del programa subvencionado, el detalle de los gastos
efectuados en su desarrollo, y su financiación total, informando expresamente de si se han
recibido o no otras subvenciones, públicas o privadas, para el mismo programa.
En el supuesto de que no se acrediten la realización de gastos por el importe total de
las actuaciones programadas, el importe de la subvención se verá minorado en la misma
proporción. En el caso de que se haya aprobado un anticipo para la realización de estos gastos, se adjuntará justificante del ingreso a la Tesorería de la Comunidad de Madrid por el
importe de la diferencia entre dicho anticipo y el importe de la subvención que resulte tras
la minoración. Asimismo, se procederá de la misma manera en el supuesto de que la minoración de la subvención derive de que finalmente el número de viviendas rehabilitadas fuere inferior al inicialmente programado.
2. Con el objeto de cumplir con lo establecido en la cláusula séptima del Convenio
de colaboración entre el Ministerio de Fomento (actual Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana) y la Comunidad de Madrid para la ejecución del Plan, durante los
dos primeros meses de cada ejercicio el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón presentará
una cuenta justificativa de las actuaciones realizadas en los términos expuestos, al objeto
de que por parte de la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación se proceda a formular una liquidación provisional anualmente, que servirá de base para la elaboración de la documentación que hay que proporcionar antes de la finalización del primer trimestre al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
3. En ningún caso la Comunidad de Madrid asumirá un posible exceso del coste de
las actuaciones realizadas por la entidad gestora, exceso que se entenderá íntegramente por
cuenta de esta.
4. Según lo establecido en la cláusula séptima del Convenio de Colaboración entre
el Ministerio de Fomento (actual Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana)
y la Comunidad de Madrid para la ejecución del Plan, finalizado el ejercicio 2021 y no más
tarde del 31 de marzo de 2022, la Entidad Gestora remitirá a la Comunidad de Madrid, los
estados de ejecución y la documentación justificativa que acredite la ejecución completa de
las actuaciones. No se admitirán compromisos que no se hubieran cursado a la Comunidad
de Madrid antes del 1 de noviembre de 2021.
5. La liquidación final, por tanto, se realizará sin perjuicio de la existencia de estas
actuaciones pendientes, estableciéndose un calendario para el seguimiento y control de las
mismas para verificar su estricto cumplimiento o, en caso de que no se proceda a su realización en los plazos establecidos, la devolución a la Tesorería de la Comunidad de Madrid
de los fondos correspondientes.
6. Para la liquidación final se deberá aportar por el Ayuntamiento de Pozuelo de
Alarcón una nueva Cuenta justificativa en los términos del apartado primero de esta cláusula. En el supuesto de que se justifiquen inversiones por importe inferior a la subvención
reconocida en la liquidación provisional, se procederá al reintegro de la diferencia en la Tesorería de la Comunidad de Madrid.
IV. DISPOSICIONES RELATIVAS A LAS AYUDAS A LA REHABILITACIÓN
DE VIVIENDAS Y EDIFICIOS
Décima
1. El Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón, de acuerdo con lo establecido en el apartado 4.2 del Acuerdo de la Comisión Bilateral de fecha 3 de agosto de 2021, se constituye
como Entidad Gestora de las ayudas a la rehabilitación de viviendas que se concedan dentro
del Área Cascos Histórico y Estación, en el municipio de Pozuelo de Alarcón. La actuación
integrada se desarrollará conforme a lo establecido en el artículo 8 del Real Decreto 106/2018,
de 9 de marzo.

BOCM-20220906-17

Gestión de las ayudas a la rehabilitación de edificios y viviendas