D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20220906-17)
Convenio –  Convenio de colaboración de 25 de agosto de 2022, entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón, por el que se determinan las condiciones de gestión del área de regeneración y renovación urbana y rural denominada “Cascos histórico y estación”, en el municipio de Pozuelo de Alarcón, en el marco del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 212

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 6 DE SEPTIEMBRE DE 2022

Pág. 59

Segunda
La Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la Comunidad de
Madrid tiene, entre sus competencias y fines, el desarrollo, control y seguimiento de planes
y programas de vivienda, así como la coordinación y colaboración con organismos y entidades públicos y privados en orden a la puesta en práctica de las previsiones y financiación
de dichos planes y programas, de conformidad con lo establecido en el artículo 148.1.3 de
la Constitución, y en el artículo 26.1.4 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de
Madrid aprobado por Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero.
A solicitud del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón se instó la declaración del Área de
Cascos Histórico y Estación en el municipio de Pozuelo de Alarcón, previa presentación de
la documentación, para que mediante Orden de 3 de febrero de 2020, de la Consejería de Vivienda y Administración Local, se declarara el Área de Rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana y Rural denominado “Cascos Histórico y Estación”, conforme al Programa
de Fomento de la Regeneración y Renovación Urbana y Rural, del Real Decreto 106/2018,
de 9 de marzo, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021.
Con fecha 3 de agosto de 2021, de conformidad con el artículo 49 del Real Decreto 106/2018, se suscribió Acuerdo de la Comisión Bilateral entre el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana), la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Pozuelo
de Alarcón, en el que se establece el marco de colaboración para la edificación de 25 nuevas viviendas en sustitución de otras previamente demolidas, urbanización o reurbanización de espacios públicos, ayudas para el equipo técnico de gestión, los costes de los programas de realojo temporal de los ocupantes de inmuebles que deban ser desalojados de su
vivienda habitual u ocuparan una infravivienda o chabola, a consecuencia de la correspondiente actuación, y, por último, la rehabilitación de 234 viviendas, asimismo, se determinan
las aportaciones de las diferentes Administraciones, designando al Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón como ente gestor de la actuación.
Tercera
Con la suscripción del Acuerdo de Comisión Bilateral, de fecha 3 de agosto de 2021,
la Comunidad de Madrid adquiere diferentes obligaciones, entre otras, adoptar las medidas
necesarias, tanto de carácter normativo como en el ámbito de la gestión, para que actúe
como Ente Gestor el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón y determinar un procedimiento
de distribución de los recursos que asegure los principios de objetividad, concurrencia y publicidad, garantizando la transparencia de las actuaciones administrativas, informar de la finalización de las actuaciones al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana;
conceder y gestionar las ayudas, remitiendo al referido Ministerio toda la información necesaria para el seguimiento de las actuaciones y, en especial, la relativa al estado de ejecución de los fondos transferidos por el Ministerio y remitir la certificación justificativa de la
inversión realizada correspondiente a las actuaciones del Acuerdo.

El Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón, ostenta entre sus competencias la de fomentar la rehabilitación privada mediante ayudas, gestión e inversiones públicas en reurbanización e infraestructura, conforme a sus Planes Municipales aprobados al efecto y colaborar
con la Administración Estatal y Autonómica en la aplicación de la legislación vigente en
materia de rehabilitación de edificios. Todo ello, en virtud de las competencias atribuidas
por la Ley 7/1985, de 2 abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y de sus propios
estatutos constitutivos.
La línea de ayudas financia actuaciones conjuntas sobre ámbitos delimitados, por lo
que las propuestas comprenden obras de demolición y construcción de nuevas viviendas,
rehabilitación en edificios y viviendas, obras de urbanización o reurbanización de espacios
públicos, los costes de los programas de realojo temporal de los ocupantes de inmuebles
que deban ser desalojados de su vivienda habitual u ocuparan una infravivienda o chabola,
a consecuencia de la correspondiente actuación y ayudas para el equipo técnico de gestión,
pilar fundamental para que la actuación conjunta prospere puesto que se encargan del planeamiento, información, gestión y acompañamiento social relacionados con las actuaciones subvencionables.
En relación con las actuaciones de rehabilitación de edificios y viviendas, la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, interviene en la fase de concesión al objeto de asegurar que la distribución de los recursos cumple los principios de objetividad, con-

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Cuarta