A) Disposiciones Generales - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20220905-1)
Plan de estudios – Decreto 89/2022, de 31 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se establece para la Comunidad de Madrid el plan de estudios de las enseñanzas conducentes a la obtención de título de Técnico Deportivo Superior en Balonmano
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BOCM
Pág. 8
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 5 DE SEPTIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 211
las exigencias de los principios de necesidad y eficacia, puesto que desarrolla y completa el
currículo básico de estos ciclos de enseñanza para que puedan ser impartidos en el ámbito de
la Comunidad de Madrid, sin que se acuda para ello a normas supletorias del Estado en esta
materia, con el fin de mejorar la cualificación y formación de los ciudadanos y ofrecer mayores oportunidades de empleo en el sector deportivo y del ocio y tiempo libre. La norma no
se extralimita en sus disposiciones respecto a lo establecido en el Real Decreto 901/2021,
de 19 de octubre, y en el Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, atiende a la necesidad
de mejorar la cualificación y formación de los ciudadanos con respeto a lo establecido en
la norma básica, y cumple con el principio de proporcionalidad establecido. El cumplimiento de estos principios contribuye, además, a lograr un ordenamiento autonómico sólido y
coherente en materia curricular que garantiza los principios de seguridad jurídica. Asimismo, se cumple con el principio de eficiencia, por un lado, al concretar los espacios y equipamientos mínimos requeridos para impartir esta formación de forma que se facilite la racionalización en la gestión de los recursos públicos y, por otro lado, al evitar cargas
administrativas innecesarias o accesorias. También se cumple el principio de transparencia,
conforme a lo establecido en la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid, así como con el cumplimiento de los trámites de
audiencia e información públicas a través del Portal de Transparencia de la Comunidad de
Madrid y a lo dispuesto en el artículo 9 del Decreto 52/2021, de 24 de marzo.
Asimismo, se ha emitido dictamen por el Consejo Escolar de la Comunidad de Madrid
y se han recabado los informes relativos al impacto por razón de género, al impacto sobre
la familia, la infancia y la adolescencia, y al impacto por razón de orientación sexual e identidad de expresión de género. Por otro lado, el presente decreto cuenta con el informe de
Coordinación y Calidad Normativa, así como el informe de la Abogacía General de la Comunidad de Madrid.
De conformidad con el artículo 29 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de
Madrid, corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia de desarrollo legislativo y
ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades. El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid es competente para dictar el
presente decreto, de acuerdo con lo establecido en el artículo 21.g) de la Ley 1/1983, de 13
de diciembre, del Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid.
En su virtud, a propuesta del Vicepresidente y Consejero de Educación y Universidades, de acuerdo con la Comisión Jurídica Asesora de la Comunidad de Madrid, previa deliberación, el Consejo de Gobierno, en su reunión del día 31 de agosto de 2022,
DISPONE
Artículo 1
Objeto de la norma y ámbito de aplicación
1. El presente decreto tiene por objeto establecer, en la Comunidad de Madrid, la ordenación del currículo del ciclo de grado superior correspondiente al título de Técnico Deportivo Superior en Balonmano, regulado en el Real Decreto 901/2021, de 19 de octubre,
por el que se establece el título de Técnico Deportivo Superior en Balonmano y se fijan su
currículo básico y los requisitos de acceso.
2. Este decreto será de aplicación en los centros, tanto públicos como privados, ubicados en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid que, debidamente autorizados,
impartan estas enseñanzas.
Artículo 2
De conformidad con lo establecido en el artículo 3 del Real Decreto 901/2021, de 19
de octubre, las enseñanzas deportivas de grado superior conducentes al título de Técnico
Deportivo Superior en Balonmano se organizan en el ciclo de grado superior en balonmano, con una duración de 755 horas.
Artículo 3
Relación de módulos
1. Estas enseñanzas se estructuran en módulos de enseñanza deportiva, agrupados en
un bloque común y en un bloque específico, que están recogidos en el anexo I.
BOCM-20220905-1
Organización de las enseñanzas
Pág. 8
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LUNES 5 DE SEPTIEMBRE DE 2022
B.O.C.M. Núm. 211
las exigencias de los principios de necesidad y eficacia, puesto que desarrolla y completa el
currículo básico de estos ciclos de enseñanza para que puedan ser impartidos en el ámbito de
la Comunidad de Madrid, sin que se acuda para ello a normas supletorias del Estado en esta
materia, con el fin de mejorar la cualificación y formación de los ciudadanos y ofrecer mayores oportunidades de empleo en el sector deportivo y del ocio y tiempo libre. La norma no
se extralimita en sus disposiciones respecto a lo establecido en el Real Decreto 901/2021,
de 19 de octubre, y en el Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, atiende a la necesidad
de mejorar la cualificación y formación de los ciudadanos con respeto a lo establecido en
la norma básica, y cumple con el principio de proporcionalidad establecido. El cumplimiento de estos principios contribuye, además, a lograr un ordenamiento autonómico sólido y
coherente en materia curricular que garantiza los principios de seguridad jurídica. Asimismo, se cumple con el principio de eficiencia, por un lado, al concretar los espacios y equipamientos mínimos requeridos para impartir esta formación de forma que se facilite la racionalización en la gestión de los recursos públicos y, por otro lado, al evitar cargas
administrativas innecesarias o accesorias. También se cumple el principio de transparencia,
conforme a lo establecido en la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid, así como con el cumplimiento de los trámites de
audiencia e información públicas a través del Portal de Transparencia de la Comunidad de
Madrid y a lo dispuesto en el artículo 9 del Decreto 52/2021, de 24 de marzo.
Asimismo, se ha emitido dictamen por el Consejo Escolar de la Comunidad de Madrid
y se han recabado los informes relativos al impacto por razón de género, al impacto sobre
la familia, la infancia y la adolescencia, y al impacto por razón de orientación sexual e identidad de expresión de género. Por otro lado, el presente decreto cuenta con el informe de
Coordinación y Calidad Normativa, así como el informe de la Abogacía General de la Comunidad de Madrid.
De conformidad con el artículo 29 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de
Madrid, corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia de desarrollo legislativo y
ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades. El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid es competente para dictar el
presente decreto, de acuerdo con lo establecido en el artículo 21.g) de la Ley 1/1983, de 13
de diciembre, del Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid.
En su virtud, a propuesta del Vicepresidente y Consejero de Educación y Universidades, de acuerdo con la Comisión Jurídica Asesora de la Comunidad de Madrid, previa deliberación, el Consejo de Gobierno, en su reunión del día 31 de agosto de 2022,
DISPONE
Artículo 1
Objeto de la norma y ámbito de aplicación
1. El presente decreto tiene por objeto establecer, en la Comunidad de Madrid, la ordenación del currículo del ciclo de grado superior correspondiente al título de Técnico Deportivo Superior en Balonmano, regulado en el Real Decreto 901/2021, de 19 de octubre,
por el que se establece el título de Técnico Deportivo Superior en Balonmano y se fijan su
currículo básico y los requisitos de acceso.
2. Este decreto será de aplicación en los centros, tanto públicos como privados, ubicados en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid que, debidamente autorizados,
impartan estas enseñanzas.
Artículo 2
De conformidad con lo establecido en el artículo 3 del Real Decreto 901/2021, de 19
de octubre, las enseñanzas deportivas de grado superior conducentes al título de Técnico
Deportivo Superior en Balonmano se organizan en el ciclo de grado superior en balonmano, con una duración de 755 horas.
Artículo 3
Relación de módulos
1. Estas enseñanzas se estructuran en módulos de enseñanza deportiva, agrupados en
un bloque común y en un bloque específico, que están recogidos en el anexo I.
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Organización de las enseñanzas