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Autorización instalación eléctrica –  Resolución de 15 de julio de 2022, de la Dirección General de Descarbonzación y Transición Energética, sobre autorización administrativa y de aprobación del proyecto para la modificación de la subestación eléctrica USE142 (ST Alcalá I), de 132/45/15 kV, ubicada en Avda. Madrid, con vuelta calle Ponce de León, sin número, en el término municipal de Alcalá de Henares, solicitada UFD Distribución Electricidad, S. A. (expediente: 2021P366-14-0141-00366.8/2021)
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 5 DE SEPTIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 211

dad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias,
aprobado mediante Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo.
Segundo
Del examen de la documentación que obra en el expediente se desprende que se ha seguido el procedimiento y cumplido los requisitos establecidos en la normativa citada, así
como los demás de general y pertinente aplicación, por lo que esta Dirección General, en el
uso de sus atribuciones legalmente establecidas.
RESUELVE
Primero
Autorizar a UFD Distribución Electricidad, S. A. la modificación de la subestación de referencia USE142, de 132/45/15 kV, denominada “ST Alcalá I”, situada en avda. Madrid, con
vuelta calle Ponce de León, sin número, del término municipal de Alcalá de Henares, coordenadas UTM ETRS89 X = 467.284; Y = 4.480.837, cuyas características son las siguientes:
— Sustitución del transformador de potencia existente T-II 132/45 kV, de 30 MVA,
por una nueva unidad de 132/45 kV y 60 MVA, con ampliación de la bancada actual para acoger al citado equipo. Contará con un grupo de conexión YNyn0, regulación en carga en el lado de alta y sistema de refrigeración tipo ONAN mediante radiadores adosados a la cuba.
Segundo
Aprobar el proyecto de ejecución de las instalaciones citadas en el párrafo anterior con
arreglo a las siguientes condiciones:
1. Las obras se realizarán de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones
que en su caso se soliciten y autoricen, cumpliendo las prescripciones dispuestas en los reglamentos vigentes.
2. El plazo de ejecución de la instalación será de catorce meses, contados a partir de
la fecha de notificación de la presente Resolución, advirtiéndole que si transcurrido dicho
plazo no hubiera sido presentada la solicitud del acta de puesta en servicio, acompañada de
la documentación establecida en el Anexo I del Decreto 70/2010, se producirá la caducidad
de la aprobación del proyecto, sin perjuicio de que el interesado pueda solicitar, por causas
justificadas, una ampliación del plazo establecido.
3. La documentación a presentar con la solicitud de acta de puesta en servicio deberá incluir declaración responsable en la que el solicitante certifique que dispone de las oportunas concesiones, autorizaciones o permisos de Administraciones, organismos o empresas
de servicios de interés general que puedan verse afectados por la instalación, en los bienes
y derechos a su cargo.
La presente autorización administrativa y aprobación de proyecto de ejecución se concede sin perjuicio de las obligaciones del titular de disponer de las autorizaciones, licencias,
informes favorables, aprobaciones o concesiones que fuese necesario obtener de otros organismos oficiales competentes o de terceros y, en particular, de lo exigido por la ordenación urbanística; así como del cumplimiento por parte del titular de otras obligaciones con
los propietarios de locales y terrenos.
Se deberán cumplir las condiciones expresadas en el informe emitido por esta Dirección General citado en los antecedentes de hecho.
Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada en el plazo de un mes a partir de su notificación ante el Secretario General Técnico de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la Comunidad de
Madrid conforme al artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Mediante este acto se notifica al interesado la resolución adoptada en el procedimiento de
referencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Madrid, a 15 de julio de 2022.—El Director General de Descarbonización y Transición Energética, Fernando Arlandis Pérez.
(02/15.085/22)
http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

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Tercero