Madrid número 10 (BOCM-20220903-11)
Procedimiento 1372/2021
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 210
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 3 DE SEPTIEMBRE DE 2022
Pág. 89
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE
11
MADRID NÚMERO 10
EDICTO
Que en el juicio sobre delitos leves 1372/2021 entre D./Dña. MARIA BEATRIZ
QUINTANA BELIN y D./Dña. ELIANA QUINTANA BELIN por un presunto delito de
Amenazas, se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y fallo dice:
SENTENCIA Nº 129/2022
JUEZ/MAGISTRADO- JUEZ: D./Dña. M. ANTONIA DE TORRES DIEZ-MADROÑERO.
Lugar: Madrid.
Fecha: veintisiete de abril de dos mil veintidós.
Vistos por mí, D./DÑA. M. ANTONIA DE TORRES DIEZ-MADROÑERO, MAGISTRADO-JUEZ de este Juzgado de Instrucción nº 10 de Madrid, los presentes autos de
Juicio sobre Delito Leve nº 1372/2021, en los que ha sido parte del Ministerio Fiscal
D./Dña. MARIA DOLORES NIETO FAJARDO, contra D./Dña. ELIANA QUINTANA
BELIN, en virtud de las facultades que me han sido dadas por la Constitución y en nombre
del Rey, dicto la siguiente Sentencia.
FALLO
Que debo absolver y absuelvo a D./Dña. ELIANA QUINTANA BELIN de los hechos
aquí enjuiciados, declarando de oficio las costas procesales causadas en este procedimiento.
Notifíquese la presente resolución a las partes, previniéndoles de que contra la misma
podrán interponer, ante este Juzgado, recurso de apelacion en el plazo de CINCO DIAS, a
contar desde el siguiente a su notificación, en escrito autorizado con firma de letrado.
Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo. El/la Magistrado Juez
Y la resolución de fecha 23 de junio de 2022 admitiendo el recurso de apelación cuyo
literal es el siguiente:
EL/LA MAGISTRADO/A JUEZ QUE LA DICTA: D./Dña. M. ANTONIA DE TORRES DIEZ-MADROÑERO.
Lugar: Madrid.
Fecha: 23 de junio de 2022.
Dada cuenta; Por presentado el anterior escrito por el/la Procurador D./Dña. NOEL
ALAIN DE DORREMOCHEA GUIOT, en nombre y representación de D./Dña. MARIA
BEATRIZ QUINTANA BELIN, únase a los autos de su razón, con entrega en su caso de
copia a las demás partes personadas.
Se admite a trámite el recurso de apelación interpuesto en tiempo y forma por dicha
representación procesal contra la resolución dictada en fecha 27/04/2022.
Dése traslado del recurso mediante copia al Ministerio Fiscal y, en su caso, a las demás partes personadas para que en el plazo de cinco días aleguen por escrito lo que tengan
por conveniente, señalando otros particulares que deben ser testimoniados y presenten los
documentos justificativos de sus pretensiones, y verificado lo anterior, remítanse las actuaciones originales a la Audiencia Provincial de Madrid para la resolución del recurso de apelación.
Contra esta resolución cabe interponer recurso de reforma en el plazo de tres días que
se interpondrá por escrito ante este Juzgado y autorizado con firma de Letrado.
Lo acuerda y firma S.Sª. Doy fe.—El/La Magistrado-Juez.—El/La Letrado de la
Administración de Justicia.
BOCM-20220903-11
PROVIDENCIA
B.O.C.M. Núm. 210
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 3 DE SEPTIEMBRE DE 2022
Pág. 89
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE
11
MADRID NÚMERO 10
EDICTO
Que en el juicio sobre delitos leves 1372/2021 entre D./Dña. MARIA BEATRIZ
QUINTANA BELIN y D./Dña. ELIANA QUINTANA BELIN por un presunto delito de
Amenazas, se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y fallo dice:
SENTENCIA Nº 129/2022
JUEZ/MAGISTRADO- JUEZ: D./Dña. M. ANTONIA DE TORRES DIEZ-MADROÑERO.
Lugar: Madrid.
Fecha: veintisiete de abril de dos mil veintidós.
Vistos por mí, D./DÑA. M. ANTONIA DE TORRES DIEZ-MADROÑERO, MAGISTRADO-JUEZ de este Juzgado de Instrucción nº 10 de Madrid, los presentes autos de
Juicio sobre Delito Leve nº 1372/2021, en los que ha sido parte del Ministerio Fiscal
D./Dña. MARIA DOLORES NIETO FAJARDO, contra D./Dña. ELIANA QUINTANA
BELIN, en virtud de las facultades que me han sido dadas por la Constitución y en nombre
del Rey, dicto la siguiente Sentencia.
FALLO
Que debo absolver y absuelvo a D./Dña. ELIANA QUINTANA BELIN de los hechos
aquí enjuiciados, declarando de oficio las costas procesales causadas en este procedimiento.
Notifíquese la presente resolución a las partes, previniéndoles de que contra la misma
podrán interponer, ante este Juzgado, recurso de apelacion en el plazo de CINCO DIAS, a
contar desde el siguiente a su notificación, en escrito autorizado con firma de letrado.
Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo. El/la Magistrado Juez
Y la resolución de fecha 23 de junio de 2022 admitiendo el recurso de apelación cuyo
literal es el siguiente:
EL/LA MAGISTRADO/A JUEZ QUE LA DICTA: D./Dña. M. ANTONIA DE TORRES DIEZ-MADROÑERO.
Lugar: Madrid.
Fecha: 23 de junio de 2022.
Dada cuenta; Por presentado el anterior escrito por el/la Procurador D./Dña. NOEL
ALAIN DE DORREMOCHEA GUIOT, en nombre y representación de D./Dña. MARIA
BEATRIZ QUINTANA BELIN, únase a los autos de su razón, con entrega en su caso de
copia a las demás partes personadas.
Se admite a trámite el recurso de apelación interpuesto en tiempo y forma por dicha
representación procesal contra la resolución dictada en fecha 27/04/2022.
Dése traslado del recurso mediante copia al Ministerio Fiscal y, en su caso, a las demás partes personadas para que en el plazo de cinco días aleguen por escrito lo que tengan
por conveniente, señalando otros particulares que deben ser testimoniados y presenten los
documentos justificativos de sus pretensiones, y verificado lo anterior, remítanse las actuaciones originales a la Audiencia Provincial de Madrid para la resolución del recurso de apelación.
Contra esta resolución cabe interponer recurso de reforma en el plazo de tres días que
se interpondrá por escrito ante este Juzgado y autorizado con firma de Letrado.
Lo acuerda y firma S.Sª. Doy fe.—El/La Magistrado-Juez.—El/La Letrado de la
Administración de Justicia.
BOCM-20220903-11
PROVIDENCIA