Villamanrique de Tajo (BOCM-20220902-57)
Régimen económico. Ordenanza fiscal servicios del cementerio
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 2 DE SEPTIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 209

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
57

VILLAMANRIQUE DE TAJO
RÉGIMEN ECONÓMICO

BOCM-20220902-57

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, que
se ha llevado a cabo mediante anuncio publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 171 de fecha 20 de julio de 2022, y en el tablón de edictos del
Ayuntamiento, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario del Ayuntamiento de Villamanrique de Tajo de fecha 7 de julio de 2022, por el que se aprobó provisionalmente el expediente de modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por
prestación de servicios del cementerio municipal.
En cumplimiento del artículo 17.4 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se hace
público el texto íntegro de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por
prestación de servicios del cementerio municipal:
El artículo 7 queda redactado del tenor literal siguiente:
“Epígrafe primero. Concesión de sepulturas y columbarios en el cementerio municipal
(por plazo de 30 años):
— Sepultura de cuatro cuerpos: 2.800 euros.
— Sepultura de 3 cuerpos: 2.500 euros.
— Columbario: 290 euros”.
La presente modificación de la ordenanza fiscal, aprobada por el Pleno de este Ayuntamiento de Villamanrique de Tajo en sesión celebrada el 7 de julio de 2022, entrará en vigor en el momento de su publicación íntegra en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID, y comenzará a aplicarse a los quince días de la misma, conforme a lo establecido en los artículos 65.2 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de
Régimen Local, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.
Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5
de marzo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad
con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Villamanrique de Tajo, a 24 de agosto de 2022.—La alcaldesa-presidenta, Antonia
Ayuso García.
(03/16.767/22)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791