Móstoles número 1 (BOCM-20220831-61)
Procedimiento 323/2022
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 31 DE AGOSTO DE 2022

B.O.C.M. Núm. 207

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
61

MÓSTOLES NÚMERO 1
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARÍA DEL MAR GARCÍA ESCOBAR LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE
JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 1 de Móstoles.

BOCM-20220831-61

HAGO SABER: Que en el procedimiento 323/2022-E de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. ALI RUZHDI SALI y D./Dña. MERGYUL KERIN ALI frente a D./Dña. FRANCISCO JAVIER CABRERA MOLINA, H.L.T., S.A., FONDO DE DE
GARANTIA SALARIAL y EL HORNO DE ADOBE, S.L. sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:
DILIGENCIA DE ORDENACIÓN
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
D./Dña. MARIA VICTORIA ESTEBAN DELGADO
En Móstoles, a veintisiete de junio de dos mil veintidós
Estimándose justificado el motivo alegado por la parte demandado para solicitar la
suspensión de los actos de conciliación y juicio que están señalados para el día 03/10/2022,
a las 12:00 horas, se acuerda la suspensión de los mismos.
Se señala nuevamente para dichos actos la audiencia del 10/10/2022 a las 12:15 horas.
Cítese a las partes y demás personas convocadas en la forma legal, reiterando las advertencias efectuadas para el anterior señalamiento.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no
obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito
en el plazo de TRES días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el
recurso (art 186.1 L.J.S).
Y para que sirva de notificación en legal forma a H.L.T., S.A., en ignorado paradero,
expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Móstoles, a cinco de agosto de dos mil veintidós.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/16.344/22)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791