Boadilla del Monte (BOCM-20220831-37)
Ofertas de empleo. Proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 207
MIÉRCOLES 31 DE AGOSTO DE 2022
Pág. 137
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
37
BOADILLA DEL MONTE
OFERTAS DE EMPLEO
Se hace público, mediante su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, decreto del segundo teniente de alcalde-delegado de Presidencia, Relaciones Institucionales, Coordinación, Comunicación, Personal, Régimen Interior, Patrimonio y Compras,
número 4011/2022, de 18 de agosto, cuya parte dispositiva resulta del siguiente tenor:
“1.o Aceptar la propuesta para la resolución del proceso selectivo convocado para la
cobertura, por los procedimientos selectivos extraordinarios de consolidación y de estabilización de empleo temporal, mediante el sistema de concurso de méritos, de una y tres plazas, respectivamente, de personal laboral fijo de trabajador social, encuadradas en la categoría L2 de clasificación profesional, del Ayuntamiento de Boadilla del Monte, en favor de
las personas que a continuación se relacionan:
TURNO DE CONSOLIDACIÓN
Nº
APELLIDOS Y NOMBRE
1
MUÑOZ PESQUERA, ANA ISABEL
Nº
APELLIDOS Y NOMBRE
DNI
PUNTUACIÓN TOTAL
***5726**
40
DNI
PUNTUACIÓN TOTAL
1
BUIGUES BENITO, Mª ISABEL
***0090**
40
2
GIL CORTIJO, SARA
***9001**
40
3
MARTIN GÓMEZ, SAGRARIO
***5053**
40
2.o Disponer, en cumplimiento de lo dispuesto en la base 12.a de las específicas que
rigen la convocatoria, la apertura de un plazo de veinte días hábiles, a partir del siguiente al
de publicación de la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, para la presentación de la documentación exigida a efectos de la oportuna contratación como personal laboral fijo.
3.o Publicar la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, así como en el tablón de edictos y anuncios digital, y en su página web municipal ( http://www.ayuntamientoboadilladelmonte.org ).
4.o La presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.2 de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, pone fin a la vía
administrativa y que, conforme a lo dispuesto en el artículo 123.1 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
puede ser recurrido potestativamente en reposición o, directamente, ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
El recurso de reposición, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se interpondrá ante el órgano que ha dictado el acto impugnado, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación, y se entenderá desestimado si
transcurrido otro mes desde su interposición no hubiera recibido la notificación de la resolución del mismo.
La interposición del recurso, excepto en los casos en que una disposición establezca lo
contrario, no suspenderá la ejecución del acto impugnado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 117 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
El recurso contencioso-administrativo se interpondrá, de acuerdo con lo dispuesto en
los artículos 25, 8.1, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo de
Madrid, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al del recibo de la presente.
No obstante, tal como señala el artículo 123.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, si se hubiera interpuesto recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer el recurso contencioso-
BOCM-20220831-37
TURNO DE ESTABILIZACIÓN
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 207
MIÉRCOLES 31 DE AGOSTO DE 2022
Pág. 137
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
37
BOADILLA DEL MONTE
OFERTAS DE EMPLEO
Se hace público, mediante su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, decreto del segundo teniente de alcalde-delegado de Presidencia, Relaciones Institucionales, Coordinación, Comunicación, Personal, Régimen Interior, Patrimonio y Compras,
número 4011/2022, de 18 de agosto, cuya parte dispositiva resulta del siguiente tenor:
“1.o Aceptar la propuesta para la resolución del proceso selectivo convocado para la
cobertura, por los procedimientos selectivos extraordinarios de consolidación y de estabilización de empleo temporal, mediante el sistema de concurso de méritos, de una y tres plazas, respectivamente, de personal laboral fijo de trabajador social, encuadradas en la categoría L2 de clasificación profesional, del Ayuntamiento de Boadilla del Monte, en favor de
las personas que a continuación se relacionan:
TURNO DE CONSOLIDACIÓN
Nº
APELLIDOS Y NOMBRE
1
MUÑOZ PESQUERA, ANA ISABEL
Nº
APELLIDOS Y NOMBRE
DNI
PUNTUACIÓN TOTAL
***5726**
40
DNI
PUNTUACIÓN TOTAL
1
BUIGUES BENITO, Mª ISABEL
***0090**
40
2
GIL CORTIJO, SARA
***9001**
40
3
MARTIN GÓMEZ, SAGRARIO
***5053**
40
2.o Disponer, en cumplimiento de lo dispuesto en la base 12.a de las específicas que
rigen la convocatoria, la apertura de un plazo de veinte días hábiles, a partir del siguiente al
de publicación de la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, para la presentación de la documentación exigida a efectos de la oportuna contratación como personal laboral fijo.
3.o Publicar la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, así como en el tablón de edictos y anuncios digital, y en su página web municipal ( http://www.ayuntamientoboadilladelmonte.org ).
4.o La presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.2 de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, pone fin a la vía
administrativa y que, conforme a lo dispuesto en el artículo 123.1 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
puede ser recurrido potestativamente en reposición o, directamente, ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
El recurso de reposición, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se interpondrá ante el órgano que ha dictado el acto impugnado, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación, y se entenderá desestimado si
transcurrido otro mes desde su interposición no hubiera recibido la notificación de la resolución del mismo.
La interposición del recurso, excepto en los casos en que una disposición establezca lo
contrario, no suspenderá la ejecución del acto impugnado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 117 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
El recurso contencioso-administrativo se interpondrá, de acuerdo con lo dispuesto en
los artículos 25, 8.1, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo de
Madrid, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al del recibo de la presente.
No obstante, tal como señala el artículo 123.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, si se hubiera interpuesto recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer el recurso contencioso-
BOCM-20220831-37
TURNO DE ESTABILIZACIÓN