Fuenlabrada (BOCM-20220829-30)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 66
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 29 DE AGOSTO DE 2022
B.O.C.M. Núm. 205
C. Estar en posesión del título de Bachiller o equivalente a efectos de acceso al empleo
público, de conformidad con lo dispuesto en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, por la que se establecen equivalencias con los títulos de Graduado en Educación
Secundaria Obligatoria y de Bachiller regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de
mayo, de Educación, y la disposición adicional trigésimo primera de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, o normativa que sustituya a las anteriores.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de
la credencial que acredite su homologación. Asimismo, será equivalente, a efectos
de requisito de acceso a este proceso selectivo, el personal municipal que cumpla lo
dispuesto en la disposición adicional vigésima segunda de la Ley 30/1984, de 2 de
agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, que exige una antigüedad de diez años en un cuerpo o escala del grupo D (C2).
D. Estar en posesión del permiso de conducir C y autorización CAP.
E. No ostentar la condición de funcionario/a de carrera o personal laboral fijo/a del
mismo Cuerpo o superior, sobre el que versa el presente proceso selectivo.
F. No haber sido separado/a del servicio, en virtud de expediente disciplinario, de
cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado/a para el
ejercicio de funciones públicas mediante sentencia judicial firme.
Todos los requisitos establecidos anteriormente deberán ser reunidos por el/la aspirante el día que finalice el plazo de presentación de instancias de la correspondiente convocatoria y mantenerse hasta la toma de posesión como funcionario/a de carrera del Cuerpo sobre el que versa el presente proceso selectivo.
3. Órgano de Selección
3.1. Composición: El Tribunal del proceso selectivo estará formado por un/a presidente/a, un/a secretario/a y tres vocales. Todas las personas, miembros del Tribunal, actuarán con voz y voto. La designación de las personas miembros del tribunal incluirá la de sus
respectivos suplentes. La designación de sus miembros será predominantemente técnica y
los/as vocales deberán poseer titulación o especialización iguales o superiores a las exigidas para el acceso a las plazas convocadas.
3.2. Asistencia técnica: El Tribunal podrá actuar asistido de asesores/as técnicos/as
con voz, pero sin voto.
3.3. Participación sindical: Actuarán como observadores/as, con voz, pero sin voto,
un representante por cada una de las secciones sindicales con representación en la Mesa General de Negociación de los empleados/as Públicos/as del Ayuntamiento de Fuenlabrada y
sus Organismos Autónomos, que designarán al titular y al suplente.
4.1. Las instancias solicitando tomar parte en el proceso selectivo se dirigirán a la
Alcaldía-Presidencia de esta Corporación, y se presentarán de forma electrónica en la sede
municipal www.ayto-fuenlabrada.es en la forma y plazos establecidos en la base 3.a de las
Bases Generales para los procesos selectivos de funcionarios/as de carrera del Ayuntamiento de Fuenlabrada, publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 47, de 25 de febrero de 2014.
4.2. Conforme establece el artículo 3 de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por
expedición de documentos administrativos no estarán sujetas al pago de la Tasa por derechos de examen, las convocatorias de procesos.
4.3. Para ser admitido/a y, en su caso, tomar parte en las pruebas selectivas correspondientes, los/las aspirantes deberán presentar la instancia y documento de autobaremación, en la forma y los términos que se desarrollan a continuación.
Se presentará instancia de participación, en la que el/la aspirante firmará la declaración
responsable solicitando formar parte en el proceso selectivo y declarando que:
1. Reúne todas y cada una de las condiciones exigidas tal y como se establece en la
base anterior, adjuntando un documento de autobaremación de méritos en el que
se detallen y numeren todos los méritos alegados, en el mismo orden que aparece
en las bases de convocatoria, primero de forma individual y posteriormente, computando el total, de acuerdo con los máximos establecidos en cada uno de los apartados. No será posible la alegación o presentación de méritos una vez finalizado
el plazo de presentación de instancias. Solo podrán valorarse aquellos méritos obtenidos antes de la fecha en que termine el plazo de admisión de instancias. El do-
BOCM-20220829-30
4. Solicitudes
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 29 DE AGOSTO DE 2022
B.O.C.M. Núm. 205
C. Estar en posesión del título de Bachiller o equivalente a efectos de acceso al empleo
público, de conformidad con lo dispuesto en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, por la que se establecen equivalencias con los títulos de Graduado en Educación
Secundaria Obligatoria y de Bachiller regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de
mayo, de Educación, y la disposición adicional trigésimo primera de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, o normativa que sustituya a las anteriores.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de
la credencial que acredite su homologación. Asimismo, será equivalente, a efectos
de requisito de acceso a este proceso selectivo, el personal municipal que cumpla lo
dispuesto en la disposición adicional vigésima segunda de la Ley 30/1984, de 2 de
agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, que exige una antigüedad de diez años en un cuerpo o escala del grupo D (C2).
D. Estar en posesión del permiso de conducir C y autorización CAP.
E. No ostentar la condición de funcionario/a de carrera o personal laboral fijo/a del
mismo Cuerpo o superior, sobre el que versa el presente proceso selectivo.
F. No haber sido separado/a del servicio, en virtud de expediente disciplinario, de
cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado/a para el
ejercicio de funciones públicas mediante sentencia judicial firme.
Todos los requisitos establecidos anteriormente deberán ser reunidos por el/la aspirante el día que finalice el plazo de presentación de instancias de la correspondiente convocatoria y mantenerse hasta la toma de posesión como funcionario/a de carrera del Cuerpo sobre el que versa el presente proceso selectivo.
3. Órgano de Selección
3.1. Composición: El Tribunal del proceso selectivo estará formado por un/a presidente/a, un/a secretario/a y tres vocales. Todas las personas, miembros del Tribunal, actuarán con voz y voto. La designación de las personas miembros del tribunal incluirá la de sus
respectivos suplentes. La designación de sus miembros será predominantemente técnica y
los/as vocales deberán poseer titulación o especialización iguales o superiores a las exigidas para el acceso a las plazas convocadas.
3.2. Asistencia técnica: El Tribunal podrá actuar asistido de asesores/as técnicos/as
con voz, pero sin voto.
3.3. Participación sindical: Actuarán como observadores/as, con voz, pero sin voto,
un representante por cada una de las secciones sindicales con representación en la Mesa General de Negociación de los empleados/as Públicos/as del Ayuntamiento de Fuenlabrada y
sus Organismos Autónomos, que designarán al titular y al suplente.
4.1. Las instancias solicitando tomar parte en el proceso selectivo se dirigirán a la
Alcaldía-Presidencia de esta Corporación, y se presentarán de forma electrónica en la sede
municipal www.ayto-fuenlabrada.es en la forma y plazos establecidos en la base 3.a de las
Bases Generales para los procesos selectivos de funcionarios/as de carrera del Ayuntamiento de Fuenlabrada, publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 47, de 25 de febrero de 2014.
4.2. Conforme establece el artículo 3 de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por
expedición de documentos administrativos no estarán sujetas al pago de la Tasa por derechos de examen, las convocatorias de procesos.
4.3. Para ser admitido/a y, en su caso, tomar parte en las pruebas selectivas correspondientes, los/las aspirantes deberán presentar la instancia y documento de autobaremación, en la forma y los términos que se desarrollan a continuación.
Se presentará instancia de participación, en la que el/la aspirante firmará la declaración
responsable solicitando formar parte en el proceso selectivo y declarando que:
1. Reúne todas y cada una de las condiciones exigidas tal y como se establece en la
base anterior, adjuntando un documento de autobaremación de méritos en el que
se detallen y numeren todos los méritos alegados, en el mismo orden que aparece
en las bases de convocatoria, primero de forma individual y posteriormente, computando el total, de acuerdo con los máximos establecidos en cada uno de los apartados. No será posible la alegación o presentación de méritos una vez finalizado
el plazo de presentación de instancias. Solo podrán valorarse aquellos méritos obtenidos antes de la fecha en que termine el plazo de admisión de instancias. El do-
BOCM-20220829-30
4. Solicitudes