Móstoles número 3 (BOCM-20220827-7)
Ejecución 168/2022
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 204
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 27 DE AGOSTO DE 2022
Pág. 93
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
7
MÓSTOLES NÚMERO 3
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña María del Mar García Escobar, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado
de lo social número 3 de Móstoles.
BOCM-20220827-7
Hago saber: Que en el procedimiento número 168/2022 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María José Sánchez Sánchez, frente a Fondo de Garantía Salarial
y Servicios Integrales Celinsa, S. L., sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado la siguiente resolución: auto despacho ejecución y decreto de embargo de 30 de junio de 2022.
Por aplicación de la instrucción 6/2012, de la Secretaría General de la Administración
de Justicia, se hace saber a los interesados que dicha resolución está a su disposición en la
Secretaría del Juzgado y que contra el auto cabe interponer recurso de reposición en el plazo de tres días y frente al decreto podrá interponer recurso directo de revisión en el plazo
de tres días siguientes a su notificación.
Y para que sirva de notificación en legal forma a Servicios Integrales Celinsa, S. L.,
en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto,
salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
En Móstoles, a 29 de julio de 2022.—La letrada de la Administración de Justicia
(firmado).
(03/16.257/22)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 204
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 27 DE AGOSTO DE 2022
Pág. 93
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
7
MÓSTOLES NÚMERO 3
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña María del Mar García Escobar, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado
de lo social número 3 de Móstoles.
BOCM-20220827-7
Hago saber: Que en el procedimiento número 168/2022 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María José Sánchez Sánchez, frente a Fondo de Garantía Salarial
y Servicios Integrales Celinsa, S. L., sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado la siguiente resolución: auto despacho ejecución y decreto de embargo de 30 de junio de 2022.
Por aplicación de la instrucción 6/2012, de la Secretaría General de la Administración
de Justicia, se hace saber a los interesados que dicha resolución está a su disposición en la
Secretaría del Juzgado y que contra el auto cabe interponer recurso de reposición en el plazo de tres días y frente al decreto podrá interponer recurso directo de revisión en el plazo
de tres días siguientes a su notificación.
Y para que sirva de notificación en legal forma a Servicios Integrales Celinsa, S. L.,
en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto,
salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
En Móstoles, a 29 de julio de 2022.—La letrada de la Administración de Justicia
(firmado).
(03/16.257/22)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791