Madrid número 2 (BOCM-20220826-58)
Procedimiento 69/2022
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 26 DE AGOSTO DE 2022

B.O.C.M. Núm. 203

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
58

MADRID NÚMERO 2
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Dña. LAURA CARRIÓN GÓMEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL
Juzgado de lo Social nº 2 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 69/2022 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. MARGHERITA CAPONE frente a D./Dña. FIORELLA FELIPP
CURTOPELLE ORTEGANO sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:

Estimando la demanda de despido interpuesta por Dª MARGHERITA CAPONE contra Dª FIORELLA FELIPP CURTOPELLE ORTEGANO, debo declarar y declaro improcedente el despido de la demandante efectuado por la parte demandada con efectos del día
15-12-2021, condenando a la empresa a la inmediata readmisión de la trabajadora con abono de los salarios de tramitación en la cantidad de 6.480,58 euros, hasta la notificación de la
presente sentencia o hasta que se hubiera encontrado otro empleo, si tal colocación fuera anterior a dicha sentencia y se probase por el empresario lo percibido, para su descuento de los
salarios de tramitación, salvo que en el plazo de cinco días desde la notificación de la presente, mediante escrito o comparecencia ante la oficina de este juzgado, opte por abonarle la
indemnización de 206,02 euros, con la advertencia de que, en el supuesto de no optar el empresario por la readmisión o la indemnización, se entiende que procede la primera.
Se estima la reclamación de cantidad y la parte demandada debe abonar a la demandante la cantidad de 75,91 euros, por el concepto descrito en el hecho probado cuarto de
esta resolución, más el 10% de interés por mora previsto en el artículo 29.3 del ET.
Se advierte a las partes que contra esta Sentencia puede interponerse Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación y designando Letrado o graduado social colegiado para su tramitación.
Se advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del Régimen Público de Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita que deberá acreditar al
tiempo de interponerlo haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta IBAN ES55
0049 3569 9200 0500 1274 con nº 2500-0000-61-0069-22 del Banco de Santander aportando el resguardo acreditativo; así como acreditar al tiempo de anunciarlo haber consignado
el importe íntegro de la condena en el Banco de Santander o presentar aval de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento de Entidad Financiera por el mismo importe,
en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista.
Y para que sirva de notificación en legal forma a D./Dña. FIORELLA FELIPP CURTOPELLE ORTEGANO, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el
Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y el tablón de anuncios del Juzgado.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a diecisiete de agosto de dos mil veintidós.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/16.534/22)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

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