D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20220826-23)
Convenio – Convenio de 20 de julio de 2022, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Cultura, Turismo y Deporte) y la Provincia Eclesiástica de Madrid, en virtud del cual se formaliza la concesión directa de una subvención a dicha entidad por importe de 2.035.000 euros, para la realización de actividades de conservación y restauración del patrimonio histórico-artístico de la iglesia Católica durante el ejercicio 2022
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 203
VIERNES 26 DE AGOSTO DE 2022
Pág. 109
Duodécima
Confidencialidad
Las partes quedan obligadas al cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento
(UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la
protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la
libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento
General de Protección de Datos), así como en lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales y de Garantía de los Derechos Digitales (en
adelante LOPDGDD), y demás normativa en materia de protección de datos en todo lo que
no se oponga a lo dispuesto en el mencionado Reglamento europeo y en la LOPDGDD.
En cumplimiento de lo indicado, y teniendo en cuenta la naturaleza, el ámbito, el contexto y los fines del tratamiento, así como los riesgos de diversa probabilidad y gravedad
para los derechos y libertades de las personas físicas, el responsable del tratamiento aplicará las medidas técnicas y organizativas apropiadas a fin de garantizar y poder demostrar que
el tratamiento es conforme al citado Reglamento europeo y a la LOPDGDD.
Una vez extinguidas las obligaciones derivadas del presente convenio a las que hace
referencia el artículo 49.c) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se procederá a la destrucción o devolución de toda la información utilizada o
que se derive de la ejecución de este convenio específico, y no se podrá conservar copia o
utilizar los datos obtenidos, incluyendo los soporte utilizados (papel, fichas, disquetes…)
con un fin distinto al que figura en el presente convenio.
En todo caso, las partes firmantes quedan obligadas al cumplimiento de los principios
relativos al tratamiento de los datos personales a los que hace referencia el artículo 5 y siguientes del citado Reglamento europeo, estando obligadas a garantizar una seguridad adecuada de los datos personales, incluida la protección contra el tratamiento no autorizado o
ilícito y contra la pérdida, destrucción o daño accidental, mediante la aplicación de medidas técnicas u organizativas apropiadas. Así mismo, las partes se comprometen explícitamente a formar a su personal en las obligaciones que de tales normas dimanan.
Y para que conste, las partes suscriben el presente Convenio a un solo efecto en el lugar y fecha indicado en el encabezamiento.
Madrid, a 22 de julio de 2021.—Por la Comunidad de Madrid, la Consejera de Cultura, Turismo y Deporte, Marta Rivera de la Cruz.—Por la Provincia Eclesiástica de Madrid,
el Vicario General de la Diócesis de Alcalá, Florentino Rueda Recuero.
ANEXO
PROGRAMACIÓN BIENES MUEBLES E INMUEBLES 2022
Bienes inmuebles:
— Madrid: Iglesia de Nuestra Señora del Carmen y San Luis.
Restauración del crucero del templo (fase I).
Importe: 400.000 euros.
— Madrid: Iglesia de San Millán y San Cayetano.
Restauración y conservación de fachadas y cubiertas de la calle del Oso y patios
posteriores (fase I: fachadas y cubiertas de la calle del Oso).
Importe: 375.000 euros.
— Madrid: Iglesia de San Andrés.
Restauración de las fachadas de levante y sur e instalación de calefacción.
Importe: 70.000 euros.
— Madrid: Iglesia de San José:
Restauración de las cubiertas de la nave central.
Importe: 200.000 euros.
— Madrid: Iglesia de San Ginés.
Rehabilitación de cubierta y trabajos varios en ábside.
Importe: 60.000 euros.
BOCM-20220826-23
Archidiócesis de Madrid
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 203
VIERNES 26 DE AGOSTO DE 2022
Pág. 109
Duodécima
Confidencialidad
Las partes quedan obligadas al cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento
(UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la
protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la
libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento
General de Protección de Datos), así como en lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales y de Garantía de los Derechos Digitales (en
adelante LOPDGDD), y demás normativa en materia de protección de datos en todo lo que
no se oponga a lo dispuesto en el mencionado Reglamento europeo y en la LOPDGDD.
En cumplimiento de lo indicado, y teniendo en cuenta la naturaleza, el ámbito, el contexto y los fines del tratamiento, así como los riesgos de diversa probabilidad y gravedad
para los derechos y libertades de las personas físicas, el responsable del tratamiento aplicará las medidas técnicas y organizativas apropiadas a fin de garantizar y poder demostrar que
el tratamiento es conforme al citado Reglamento europeo y a la LOPDGDD.
Una vez extinguidas las obligaciones derivadas del presente convenio a las que hace
referencia el artículo 49.c) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se procederá a la destrucción o devolución de toda la información utilizada o
que se derive de la ejecución de este convenio específico, y no se podrá conservar copia o
utilizar los datos obtenidos, incluyendo los soporte utilizados (papel, fichas, disquetes…)
con un fin distinto al que figura en el presente convenio.
En todo caso, las partes firmantes quedan obligadas al cumplimiento de los principios
relativos al tratamiento de los datos personales a los que hace referencia el artículo 5 y siguientes del citado Reglamento europeo, estando obligadas a garantizar una seguridad adecuada de los datos personales, incluida la protección contra el tratamiento no autorizado o
ilícito y contra la pérdida, destrucción o daño accidental, mediante la aplicación de medidas técnicas u organizativas apropiadas. Así mismo, las partes se comprometen explícitamente a formar a su personal en las obligaciones que de tales normas dimanan.
Y para que conste, las partes suscriben el presente Convenio a un solo efecto en el lugar y fecha indicado en el encabezamiento.
Madrid, a 22 de julio de 2021.—Por la Comunidad de Madrid, la Consejera de Cultura, Turismo y Deporte, Marta Rivera de la Cruz.—Por la Provincia Eclesiástica de Madrid,
el Vicario General de la Diócesis de Alcalá, Florentino Rueda Recuero.
ANEXO
PROGRAMACIÓN BIENES MUEBLES E INMUEBLES 2022
Bienes inmuebles:
— Madrid: Iglesia de Nuestra Señora del Carmen y San Luis.
Restauración del crucero del templo (fase I).
Importe: 400.000 euros.
— Madrid: Iglesia de San Millán y San Cayetano.
Restauración y conservación de fachadas y cubiertas de la calle del Oso y patios
posteriores (fase I: fachadas y cubiertas de la calle del Oso).
Importe: 375.000 euros.
— Madrid: Iglesia de San Andrés.
Restauración de las fachadas de levante y sur e instalación de calefacción.
Importe: 70.000 euros.
— Madrid: Iglesia de San José:
Restauración de las cubiertas de la nave central.
Importe: 200.000 euros.
— Madrid: Iglesia de San Ginés.
Rehabilitación de cubierta y trabajos varios en ábside.
Importe: 60.000 euros.
BOCM-20220826-23
Archidiócesis de Madrid