Ambite (BOCM-20220825-24)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 134
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 25 DE AGOSTO DE 2022
B.O.C.M. Núm. 202
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
24
AMBITE
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
BOCM-20220825-24
Por acuerdo de Pleno, de fecha 27 de julio de 2022, se acordó delegar del Pleno en el
alcalde de la competencia para la contratación del suministro eléctrico, tanto de los edificios municipales como del alumbrado público, la aprobación de los pliegos de prescripciones técnicas y administrativas que han de regir la contratación, así como todo lo que se derive de la licitación pública y cuantas gestiones sean necesarias.
La delegación expresamente faculta al alcalde para la aprobación del proyecto, memoria, la contratación, la aprobación del gasto, ajustándose a lo previsto en el artículo 22.4 de
la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
De las actuaciones que se lleven a cabo como consecuencia de esta delegación, el alcalde-presidente dará cuenta al Pleno en la primera sesión plenaria que se celebre para su
ratificación, en su caso.
Lo que le tramito, a los efectos oportunos, para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID, de acuerdo con lo previsto en el artículo 9.3 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Ambite, a 12 de agosto de 2022.—El alcalde-presidente, Francisco Javier Carmona
Sánchez.
(03/16.482/22)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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JUEVES 25 DE AGOSTO DE 2022
B.O.C.M. Núm. 202
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
24
AMBITE
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
BOCM-20220825-24
Por acuerdo de Pleno, de fecha 27 de julio de 2022, se acordó delegar del Pleno en el
alcalde de la competencia para la contratación del suministro eléctrico, tanto de los edificios municipales como del alumbrado público, la aprobación de los pliegos de prescripciones técnicas y administrativas que han de regir la contratación, así como todo lo que se derive de la licitación pública y cuantas gestiones sean necesarias.
La delegación expresamente faculta al alcalde para la aprobación del proyecto, memoria, la contratación, la aprobación del gasto, ajustándose a lo previsto en el artículo 22.4 de
la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
De las actuaciones que se lleven a cabo como consecuencia de esta delegación, el alcalde-presidente dará cuenta al Pleno en la primera sesión plenaria que se celebre para su
ratificación, en su caso.
Lo que le tramito, a los efectos oportunos, para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID, de acuerdo con lo previsto en el artículo 9.3 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Ambite, a 12 de agosto de 2022.—El alcalde-presidente, Francisco Javier Carmona
Sánchez.
(03/16.482/22)
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791