Alpedrete (BOCM-20220825-23)
Otros anuncios. Candidatura juez de paz
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 202
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 25 DE AGOSTO DE 2022
Pág. 133
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
23
ALPEDRETE
OTROS ANUNCIOS
BOCM-20220825-23
Corresponde al Pleno del Ayuntamiento elegir la persona para ser nombrada juez de
paz titular de este municipio, de conformidad con lo que disponen los artículos 101 y 102
de la Ley Orgánica del Poder Judicial y artículo 4 y 5.1 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz, para que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, realice el correspondiente nombramiento.
Los interesados en ocupar el referido puesto, deberán presentar la solicitud acompañada del DNI y un currículum en las oficinas municipales en el plazo de quince días hábiles,
una vez publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
El cargo de juez de paz titular es incompatible:
— Con el ejercicio de cualquier otra jurisdicción.
— Con cualquier cargo de elección popular o designación política del Estado, Comunidades Autónomas, Provincias y Municipios, y los organismos dependientes de ellos.
— Con el ejercicio de la Abogacía y de la Procuraduría.
— Con todo tipo de asesoramiento jurídico, sea o no retribuido.
No podrá el juez de paz titular, pertenecer a partidos políticos o sindicatos o tener empleo al servicio de los mismos; y les estará prohibido tomar parte en las elecciones legislativas o locales, salvo para votar.
El candidato que resulte propuesto deberá informar, si está afiliado o no a algún partido político o sindicato o trabaja para ellos, si está o no colegiado como abogado o procurador ejerciente, así como si es o no funcionario o empleado de alguna administración pública y aportar el certificado negativo de antecedentes penales.
En Alpedrete, a 11 de agosto de 2022.—El alcalde, Juan Rodríguez Fernández Alfaro.
(03/16.489/22)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 202
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 25 DE AGOSTO DE 2022
Pág. 133
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AYUNTAMIENTO DE
23
ALPEDRETE
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Corresponde al Pleno del Ayuntamiento elegir la persona para ser nombrada juez de
paz titular de este municipio, de conformidad con lo que disponen los artículos 101 y 102
de la Ley Orgánica del Poder Judicial y artículo 4 y 5.1 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz, para que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, realice el correspondiente nombramiento.
Los interesados en ocupar el referido puesto, deberán presentar la solicitud acompañada del DNI y un currículum en las oficinas municipales en el plazo de quince días hábiles,
una vez publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
El cargo de juez de paz titular es incompatible:
— Con el ejercicio de cualquier otra jurisdicción.
— Con cualquier cargo de elección popular o designación política del Estado, Comunidades Autónomas, Provincias y Municipios, y los organismos dependientes de ellos.
— Con el ejercicio de la Abogacía y de la Procuraduría.
— Con todo tipo de asesoramiento jurídico, sea o no retribuido.
No podrá el juez de paz titular, pertenecer a partidos políticos o sindicatos o tener empleo al servicio de los mismos; y les estará prohibido tomar parte en las elecciones legislativas o locales, salvo para votar.
El candidato que resulte propuesto deberá informar, si está afiliado o no a algún partido político o sindicato o trabaja para ellos, si está o no colegiado como abogado o procurador ejerciente, así como si es o no funcionario o empleado de alguna administración pública y aportar el certificado negativo de antecedentes penales.
En Alpedrete, a 11 de agosto de 2022.—El alcalde, Juan Rodríguez Fernández Alfaro.
(03/16.489/22)
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ISSN 1989-4791